Estructura y Funciones del Municipio: Organización y Competencias

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El Municipio

Es toda comunidad humana asentada sobre un territorio delimitado y organizado bajo un ayuntamiento o concejo abierto, para la gestión de sus intereses. Está formado por el término municipal y por la población.

A. El Término Municipal

Es el territorio en el que el ayuntamiento ejerce sus competencias. La división del término es competencia del ayuntamiento, en distritos y barrios.

  • Población: es el conjunto de personas inscritas en el padrón municipal y reciben la consideración de vecinos.
  • Empadronamiento: el padrón es el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Sirve como prueba de la residencia y del domicilio habitual. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio donde resida. Suele ser un trámite necesario para la percepción de ciertos servicios.

B. La Organización Municipal

Los órganos de gobierno municipales son: pleno del ayuntamiento, alcalde, teniente alcalde y junta de gobierno local (en los municipios de más de 5000 hab.).

  • Alcalde: es un órgano unipersonal que preside la corporación municipal. Pueden ser candidatos todos los cabezas de listas. Puede ser nombrado por mayoría absoluta o bien por el cabeza de lista de la lista más votada. El alcalde es el presidente del ayuntamiento y es la primera autoridad gubernativa del municipio. Elige a su equipo de gobierno entre los concejales electos. Puede ser sustituido por moción de censura o por perder una cuestión de confianza.
  • Los Tenientes Alcaldes: pueden sustituir al alcalde en caso de vacantes, enfermedad o ausencia.
  • El Pleno Municipal: es el órgano colegiado de gobierno, está formado por el conjunto de concejales y presidido por el alcalde. Las competencias del pleno municipal son:
    • Potestad reglamentaria, dicta normas de cumplimiento en el municipio.
    • Función de control político del alcalde.
  • Junta de Gobierno Local: formada por el alcalde que la preside y como máximo un tercio de los concejales. Realiza funciones de asistencia al alcalde, por lo que la junta es informada de las decisiones del alcalde.

C. Competencias Municipales

Son aquellos ámbitos en los que el municipio puede actuar con arreglo a derecho. Las competencias son propias o atribuidas por delegación.

  • Competencias Propias: son determinadas por ley y se ejercen en régimen de autonomía y bajo responsabilidad de la administración local. Entre otras:
  1. Seguridad en lugares públicos.
  2. Regulación del tráfico.
  3. Protección civil.
  4. Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística.
  5. Gestión del patrimonio.
  6. Protección del medio ambiente.
Competencias Atribuidas: son las que ejercen por delegación de alguna de las administraciones. Competencias Complementarias: pueden realizar actividades complementarias a las de otras administraciones.

D. Recursos Financieros de los Municipios

La financiación la obtienen mediante la participación en los tributos del estado y de la comunidad autónoma, además de la que obtienen por las tasas y multas de su ámbito territorial. Además, cuentan con la gestión de impuestos de carácter local como:

  • Impuesto de bienes inmuebles (IBI).
  • Impuesto de actividades económicas (IAE).
  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM).
  • Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO).
  • Impuesto sobre incremento de valor de los terrenos de naturaleza rústica (IIVTNR).

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