Estructura y Fundamentos Constitucionales del Estado Panameño: Roles y Deberes

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Marco Pedagógico y Desarrollo de Habilidades

Objetivos y Valores Fundamentales

El siguiente marco establece los parámetros para el desarrollo de habilidades cívicas y reflexivas:

Primer Conjunto de Objetivos

  • Objetivo: Examinar las funciones y características del Estado.
  • Valores: Cooperación, honestidad y responsabilidad.
  • Actitud: Interés y seguridad.
  • Destreza: Análisis.
  • Estrategia: Comprensión lectora y toma de apuntes.

Segundo Conjunto de Objetivos

  • Objetivo: Desarrollar el pensamiento reflexivo sobre las características políticas internas.
  • Aptitud: Destrezas sociales.
  • Valores: Respeto y tolerancia.
  • Actitud: Reflexiva.
  • Destreza: Análisis.
  • Estrategia: Analítica y toma de apuntes.

Fundamentos del Estado Panameño

Características Constitucionales

El Estado panameño se define como un gobierno unitario, republicano, democrático y representativo. El poder público emana exclusivamente del pueblo. El territorio se divide en provincias, distritos y corregimientos. Los símbolos patrios son reconocidos constitucionalmente y el español es el idioma oficial.

Preámbulo de la Constitución Política

Con el fin supremo de fortalecer la Nación, garantizar la libertad, asegurar la democracia y la estabilidad institucional, exaltar la dignidad humana, promover la justicia social, el bienestar general y la integración regional, e invocando la protección de Dios, decretamos la Constitución Política de la República de Panamá.

El Sistema Electoral y la Ciudadanía

Regulación del Sufragio y Partidos Políticos

El sufragio es la base de la participación ciudadana, regulado por los siguientes artículos:

  • Artículo 135: El sufragio es un derecho y un deber de todos los ciudadanos. El voto es libre, igual, universal, secreto y directo.
  • Artículo 136 (Prohibiciones): Se prohíbe el apoyo oficial a candidatos y las actividades de propaganda en oficinas públicas.
  • Artículo 139 (Ilegalidad): No es lícita la formación de partidos que tengan base por sexo, raza, religión o que busquen destruir la forma democrática.
  • Artículo 140: Los partidos políticos tendrán derecho al uso de medios de comunicación.

El Tribunal Electoral (T.E.)

El Artículo 142 establece el Tribunal Electoral como un organismo autónomo e independiente, con el objeto de garantizar la libertad, honradez y eficacia del sufragio popular.

Funciones del Tribunal Electoral (Artículo 143)

  1. Efectuar las inscripciones de nacimiento.
  2. Expedir la cédula de identidad personal.
  3. Levantar el Padrón Electoral.
  4. Reglamentar la Ley Electoral.
  5. Tramitar los expedientes de migración y naturalización.

El Ministerio Público

Estructura y Funciones

El Ministerio Público se compone de la Procuraduría General de la Nación y la Procuraduría de la Administración.

Deberes Constitucionales (Artículo 220)

  1. Defender los intereses del Estado o del municipio.
  2. Promover el cumplimiento de leyes, sentencias y disposiciones administrativas.
  3. Vigilar la conducta oficial de los funcionarios públicos y asegurar que cumplan sus deberes.
  4. Perseguir los delitos y las contravenciones de disposiciones constitucionales.
  5. Servir de consejero jurídico a las autoridades administrativas.

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