Estructura y Gestión del Sistema de la Seguridad Social Española: Regímenes y Obligaciones
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Estructura y Gestión del Sistema de la Seguridad Social Española
Regímenes de la Seguridad Social (SS)
La Seguridad Social (SS) es un sistema público de carácter universal que busca extenderse a toda la población, garantizando asistencia y prestaciones ante necesidades.
Integración de Regímenes
- Régimen General:
- Abarca lo más amplio, incluyendo trabajadores por cuenta ajena de la industria y servicios de las sociedades mercantiles capitalistas, así como funcionarios y personal laboral o civil no funcionario.
- Aquí se integran antiguos regímenes especiales (ferroviarios, futbolistas, artistas, toreros, etc.).
- Régimen Especial:
- Se aplica a actividades que, por sus peculiaridades, necesitan una norma específica.
- Incluye a trabajadores del mar, por cuenta propia o autónomos, funcionarios públicos civiles y militares, estudiantes y mineros.
Entidades Gestoras de la Seguridad Social
La gestión de la SS recae en diversas entidades especializadas:
- Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Gestiona y administra prestaciones económicas y el reconocimiento de la asistencia sanitaria.
- Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA): Se encarga de gestionar prestaciones en Ceuta y Melilla y de la gestión de derechos y obligaciones del antiguo INSALUD.
- Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): Recauda recursos económicos y gestiona inscripciones, afiliaciones y bajas.
- Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO): Se ocupa de pensiones de incapacidad y jubilación no contributivas, y de los servicios en Ceuta y Melilla (dado que las Comunidades Autónomas realizan la gestión en sus territorios).
- Instituto Social de la Marina (ISM): Administra y recauda el derecho a las prestaciones de los trabajadores del mar.
En la gestión colaboran las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (MATEP).
Obligaciones Empresariales y del Trabajador
La SS se financia mediante las cotizaciones de empresas y trabajadores, además de las aportaciones del Estado. Por ello, existen obligaciones específicas:
Deberes Administrativos y Económicos
- Inscripción de la Empresa: La empresa debe inscribirse primero en la SS para que se le asigne un número patronal único.
- Formalización de Cobertura de Riesgos: Junto con la inscripción, deben asegurar los riesgos profesionales con la SS o con una MATEP.
- Afiliación y Alta de Trabajadores:
- Son actos administrativos que deben realizarse antes de comenzar a trabajar.
- Si no se puede prever el inicio, se realiza el primer día hábil siguiente.
- La afiliación incorpora por primera vez al trabajador al Sistema de la SS, asignándole un número de carácter vitalicio y único.
- Baja y Variación de Datos: El plazo para comunicar la baja es de 6 días naturales siguientes. Para variaciones en MATEP, el plazo es de 10 días.
- Cotización: Es la aportación económica cuya obligación nace al darse de alta. Se realiza en el mes siguiente, presentando los documentos TC1 y TC2.