Estructura y Gestión del Sistema de la Seguridad Social Española: Regímenes y Obligaciones

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Estructura y Gestión del Sistema de la Seguridad Social Española

Regímenes de la Seguridad Social (SS)

La Seguridad Social (SS) es un sistema público de carácter universal que busca extenderse a toda la población, garantizando asistencia y prestaciones ante necesidades.

Integración de Regímenes

  • Régimen General:
    • Abarca lo más amplio, incluyendo trabajadores por cuenta ajena de la industria y servicios de las sociedades mercantiles capitalistas, así como funcionarios y personal laboral o civil no funcionario.
    • Aquí se integran antiguos regímenes especiales (ferroviarios, futbolistas, artistas, toreros, etc.).
  • Régimen Especial:
    • Se aplica a actividades que, por sus peculiaridades, necesitan una norma específica.
    • Incluye a trabajadores del mar, por cuenta propia o autónomos, funcionarios públicos civiles y militares, estudiantes y mineros.

Entidades Gestoras de la Seguridad Social

La gestión de la SS recae en diversas entidades especializadas:

  1. Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Gestiona y administra prestaciones económicas y el reconocimiento de la asistencia sanitaria.
  2. Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA): Se encarga de gestionar prestaciones en Ceuta y Melilla y de la gestión de derechos y obligaciones del antiguo INSALUD.
  3. Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): Recauda recursos económicos y gestiona inscripciones, afiliaciones y bajas.
  4. Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO): Se ocupa de pensiones de incapacidad y jubilación no contributivas, y de los servicios en Ceuta y Melilla (dado que las Comunidades Autónomas realizan la gestión en sus territorios).
  5. Instituto Social de la Marina (ISM): Administra y recauda el derecho a las prestaciones de los trabajadores del mar.

En la gestión colaboran las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (MATEP).

Obligaciones Empresariales y del Trabajador

La SS se financia mediante las cotizaciones de empresas y trabajadores, además de las aportaciones del Estado. Por ello, existen obligaciones específicas:

Deberes Administrativos y Económicos

  1. Inscripción de la Empresa: La empresa debe inscribirse primero en la SS para que se le asigne un número patronal único.
  2. Formalización de Cobertura de Riesgos: Junto con la inscripción, deben asegurar los riesgos profesionales con la SS o con una MATEP.
  3. Afiliación y Alta de Trabajadores:
    • Son actos administrativos que deben realizarse antes de comenzar a trabajar.
    • Si no se puede prever el inicio, se realiza el primer día hábil siguiente.
    • La afiliación incorpora por primera vez al trabajador al Sistema de la SS, asignándole un número de carácter vitalicio y único.
  4. Baja y Variación de Datos: El plazo para comunicar la baja es de 6 días naturales siguientes. Para variaciones en MATEP, el plazo es de 10 días.
  5. Cotización: Es la aportación económica cuya obligación nace al darse de alta. Se realiza en el mes siguiente, presentando los documentos TC1 y TC2.

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