Estructura y Jerarquía de las Fuentes del Derecho Laboral Español
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Fuentes del Derecho del Trabajo
Clasificación de las Fuentes Normativas
a) Derechos Fundamentales
Gozan de la máxima protección y pueden ser reclamados directamente ante los tribunales competentes.
- Derechos fundamentales no laborales: Igualdad de trato, no discriminación, intimidad, reunión.
- Derechos fundamentales laborales: Libertad sindical, huelga.
b) Derechos No Fundamentales
No tienen máxima protección; requieren el desarrollo por normas ordinarias para poder ser reclamados.
- Derechos no fundamentales no laborales: Matrimonio, propiedad privada.
- Derechos no fundamentales laborales: Derecho al trabajo, derecho de libre elección de profesión u oficio.
c) Principios Económicos y Sociales
Son compromisos públicos que necesitan ser desarrollados por normas ordinarias para exigir su respeto pleno:
- Procurar el pleno empleo.
- Fomentar la formación profesional.
- Garantizar el descanso, seguridad, higiene y prestaciones de Seguridad Social.
3. Leyes y Normas con Fuerza de Ley
A) Ley Orgánica
- Aprobación absoluta en el Congreso.
- Regula derechos fundamentales y libertades públicas.
B) Ley Ordinaria
- Aprobada por las Cortes Generales.
- Regulan las materias no reservadas a las leyes orgánicas.
Normas con Fuerza de Ley
a) Real Decreto Ley
Normas con categoría de ley emitidas por el Gobierno para regular situaciones de extraordinaria urgencia o necesidad. Deben ser aprobadas inmediatamente por el Congreso de Diputados.
b) Decretos Legislativos
Normas con rango de ley que no se refieren a derechos y libertades fundamentales. Se utilizan para refundir textos (modificar varios textos legales en uno solo).
Reglamentos
El Gobierno puede desarrollar lo establecido por medio de normas de rango inferior a las leyes. Estas normas se denominan reglamentos (Real Decreto, Órdenes Ministeriales, Resoluciones).
4. El Convenio Colectivo
Acuerdo entre representantes de los trabajadores y el empresario.
a) Convenio Estatutario
- Reconoce eficacia normativa y general, siendo fuente del derecho.
- Obliga a los empresarios y trabajadores incluidos dentro de su ámbito de aplicación, con independencia de si están afiliados o no a las organizaciones firmantes del pacto.
b) Convenios Extraestatutarios
Se negocian fuera de los cauces establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. Las partes no están sujetas por los requisitos establecidos por el ET para la negociación colectiva.
Ordenamiento Jurídico Laboral
1. La Jerarquía Normativa
Las normas jurídicas se organizan conforme al principio de jerarquía, lo que implica que unas tienen un rango o valor superior a otras. Las normas inferiores no pueden contradecir a sus superiores.
La jerarquía se establece de la siguiente manera:
- Constitución.
- Normativa Comunitaria.
- Tratados y Convenios Internacionales.
- Leyes orgánicas y ordinarias.
- Normas con rango de ley (Decretos Leyes y Decretos legislativos).
- Reglamentos.
- Convenios colectivos.
- Contrato de trabajo.
- Costumbre.
2. Principios de Aplicación en el Ordenamiento Laboral
a) Principio de Norma Más Favorable
En caso de colisión entre normas, se aplica la que sea más favorable en su conjunto y cómputo anual para el trabajador.
b) Principio de Irrenunciabilidad de Derechos
Los trabajadores no podrán disponer válidamente de los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales de derecho necesario.
c) Principio de la Condición Más Beneficiosa
El trabajador puede mantener los derechos adquiridos, aunque posteriormente se apruebe una norma que establezca con carácter general condiciones menos favorables de las que el trabajador viniera disfrutando a título individual.
d) Principio Pro Operario
En los casos en que el significado de la norma laboral no resulte claro con arreglo a los criterios interpretativos ordinarios, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador.
La Jurisdicción Social
Es el órgano encargado de tutelar los derechos laborales.
a) Juzgados de lo Social
- Ámbito territorial normalmente coincidente con el de cada provincia.
- Un juez conoce en primer lugar los conflictos individuales entre un trabajador y un empresario.
b) Sala de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia
- Existente en cada comunidad autónoma.
- Resuelve los recursos de suplicación contra sentencias de los Juzgados de lo Social.
c) Sala de lo Social de la Audiencia Nacional
- Cubre todo el territorio nacional y tiene su sede en Madrid.
- Resuelve los procesos que afectan a la libertad sindical y convenios colectivos.
d) Sala de lo Social del Tribunal Supremo
- Con sede en Madrid.
- Resuelve el recurso de casación en el caso de que no se haya aplicado la jurisprudencia del Tribunal Supremo.