Estructura Jurídica y Símbolos de la Unión Europea: Fuentes del Derecho, Programas Educativos y el Euro
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Diversidad del Ordenamiento Jurídico de la Unión Europea
El ordenamiento jurídico de la Unión Europea se caracteriza por la heterogeneidad de sus normas, lo que permite hablar de un derecho primario, un derecho secundario o derivado, y un derecho complementario.
4.1. El Derecho Primario
Lo componen esencialmente los Tratados constitutivos de la UE.
4.2. El Derecho Derivado
Es creado por las instituciones de la UE para regular los diversos aspectos de la vida de las Comunidades en el ejercicio de sus competencias atribuidas. El conjunto de las normas jurídicas previstas en los Tratados europeos, que forman el Derecho derivado, pueden clasificarse en los siguientes grupos:
Reglamentos: Tienen alcance general. Son obligatorios en todos sus elementos y directamente aplicables en los estados miembros. Se podría decir que los reglamentos son leyes de la Unión.
Directivas: Son el instrumento más importante de actuación de la UE. Estas normas constituyen una particularidad del Derecho de la UE. Obligan al Estado miembro destinatario a conseguir un resultado especificado en ellas, dejando a las autoridades nacionales la elección de la forma y los medios para su obtención.
Decisiones: Serán obligatorias en todos sus elementos para todos sus destinatarios. Surten efecto, como en el caso de las directivas, a partir de su notificación a los interesados, y excepcionalmente por su publicación en el DOUE. Las decisiones tienen unos destinatarios concretos, lo cual las diferencia de los reglamentos, ya que estos últimos son normas de carácter general que afectan a quien incurra en los supuestos previstos en ellas.
Recomendaciones y dictámenes: No son verdaderas fuentes de Derecho, ya que en ningún caso tienen naturaleza vinculante. En las recomendaciones se sugiere a los destinatarios un comportamiento determinado, sin obligarlos jurídicamente a adoptarlo. Los dictámenes son emitidos por las instituciones de la Unión al evaluar una situación actual o procesos en la UE o de los países miembros.
4.3. Otras Fuentes del Derecho de la UE
Podemos destacar las siguientes:
- Acuerdos de la UE con otros estados o con organizaciones internacionales.
- Acuerdos celebrados entre los estados miembros de las Comunidades.
- La costumbre.
- Los principios generales del Derecho.
- La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE.
Símbolos de la UE
Bandera: Representa la identidad de Europa. Las estrellas doradas simbolizan la solidaridad y la armonía entre los pueblos de Europa. Son doce y no hacen referencia a los países. La bandera es de color azul.
Himno europeo: Es la 9ª sinfonía de Beethoven, la Oda a la Alegría. Representa una visión idealista del género humano.
Día de Europa: 9 de mayo, coincide con las declaraciones de Robert Schuman en las que expresaba su deseo de crear una Europa unida.
Euro: Moneda que entró en vigor el 1 de enero de 2002. No todos los países la adoptaron; tres de ellos (Dinamarca, Suecia, Reino Unido) no quisieron hacerlo. El resto de los países que deseaban sustituir su moneda por el euro debían cumplir cinco criterios:
- Estabilidad de precios: su inflación no debe superar el 1.5% de la media de la UE.
- Déficit presupuestario: debe estar por debajo del 3% del PIB.
- Deuda: no debe superar el 60% del PIB.
- Tipos de interés: no deben superar en más de 2 puntos la media de la UE.
- Cotización de la moneda nacional: antes de la integración en el euro, la moneda debe moverse en la fluctuación que se le haya establecido.
Pasaporte europeo: Es un pasaporte nacional en el cual figura la mención de la UE seguida del nombre del país que lo emite.
Programas Educativos, Juventud y Formación
Fue establecido un programa para el período 2007/2013, denominado programa Sócrates. Tiene como finalidad incentivar la movilidad de estudiantes y profesores, el conocimiento de idiomas, recursos nuevos, etc. Sus especialidades son:
- Comenius: Va dirigido a preescolares y ESO con la finalidad de realizar intercambios y aprendizaje de idiomas en centros de primaria y secundaria.
- Erasmus: Dirigido a niveles universitarios para que los alumnos se formen en universidades de la UE, por períodos comprendidos de 3 meses a 1 año.
- Grundtvig: Dedicado a la formación de adultos.
- Leonardo Da Vinci: Para la formación profesional inicial, de perfeccionamiento y continua. Comprende medidas para: apoyar la movilidad transnacional de las personas que siguen una formación profesional, así como la de los formadores; respaldar proyectos piloto basados en asociaciones transnacionales para potenciar la innovación y la calidad de la FP; y promocionar las competencias lingüísticas y la comprensión de las diferentes culturas en el marco de la FP.