Estructura de la Nómina: Componentes Salariales, Complementos y Deducciones Obligatorias
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Componentes de la Retribución Laboral: Devengos y Deducciones
La nómina se compone fundamentalmente de dos grandes bloques: los devengos (lo que el trabajador percibe en bruto) y las deducciones (las cantidades que se restan para obtener el salario neto).
I. Los Devengos: Salario Base y Complementos
1. Salario Base
El salario base es la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra, distribuida con arreglo a categorías profesionales. Dado que el salario base suele ser bajo, las empresas aumentan la retribución mediante los denominados complementos salariales.
2. Complementos Salariales
Los complementos salariales se añaden al salario base y pueden clasificarse según su naturaleza:
A. Complementos Personales
- Antigüedad: Es el complemento personal más usual. Premia la continuidad en la empresa (bienios, trienios, quinquenios) y es acumulable.
B. Complementos de Puesto de Trabajo
Estos complementos se otorgan por las características específicas del puesto:
- Por condiciones especiales: tóxicos, penosos y peligrosos.
- Nocturnidad: aplicado al trabajo realizado entre las 22:00 y las 06:00 horas.
- Quebranto de moneda.
C. Complementos de Cantidad y Calidad de Trabajo
Otros complementos salariales premian características cuantitativas y cualitativas del puesto de trabajo:
- Incentivos.
- Horas extraordinarias.
- Plus de dedicación exclusiva.
3. Pagas Extraordinarias
La ley obliga a las empresas a satisfacer a sus empleados al menos dos pagas extraordinarias al año (una en Navidad y otra en el mes fijado, aunque tradicionalmente es julio). Una de las más usuales es la llamada paga de participación en beneficios.
Generalmente, estas pagas incluyen solo el salario base y la antigüedad, por lo que muchas veces suponen una cantidad menor que la nómina mensual ordinaria.
4. Remuneración en Especie
El último complemento salarial es el llamado en especie. Es fundamentalmente de aplicación para cargos directivos y comprende todos los pluses no estrictamente monetarios (coche de empresa, seguros médicos, etc.). La remuneración en especie no puede superar el 30% del salario total del trabajador.
5. Complementos No Salariales
El trabajador también puede percibir complementos no salariales, que compensan gastos derivados de la actividad laboral y no cotizan a la Seguridad Social (hasta ciertos límites). Los principales son:
- Plus de transporte.
- Dietas de viaje.
- Plus de distancia.
- Gastos derivados de la compra de utillaje, herramientas y ropa de trabajo.
II. Las Deducciones: IRPF y Seguridad Social
Otro componente crucial de la nómina son las deducciones, que se restan de los devengos brutos para obtener el salario neto. Estas incluyen las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y las cotizaciones a la Seguridad Social.
1. Retenciones por IRPF
El empresario está obligado a retener e ingresar en Hacienda determinadas cantidades en concepto de pago a cuenta del IRPF cuando retribuye al trabajador por su trabajo.
Retenciones Fijas Específicas
Existen retenciones fijas para ciertos conceptos:
- Retribuciones a administradores y miembros del consejo de administración: 35%.
- Cursos, coloquios, conferencias, etc.: 20%.
- Atrasos de convenio: 18%.
- Contratos de duración inferior a un año: mínimo 2%.
La mayoría de retenciones se calculan mediante un procedimiento general estándar que tiene en cuenta la situación familiar y personal del contribuyente.
2. Cotizaciones a la Seguridad Social (Aportación del Trabajador)
Las cotizaciones son la aportación obligatoria del trabajador a la Seguridad Social, calculadas sobre las bases de cotización correspondientes. Los porcentajes actuales son:
- Contingencias Comunes: 4,70%.
- Desempleo: 1,55% o 1,60% (dependiendo del tipo de contrato).
- Formación Profesional: 0,10%.
- Adicional por Horas Extras (Fuerza Mayor): 2%.
- Adicional por Horas Extras (Resto): 4,70%.
Estos porcentajes se aplican sobre las bases de cotización correspondientes al total devengado salarial.