Estructura de los Poderes Públicos en Venezuela
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El Poder Ejecutivo
La Constitución establece que: "El Presidente o Presidenta de la República es el Jefe o Jefa del Estado y del Ejecutivo Nacional, en cuya condición dirige la acción del Gobierno". Se considera como el Jefe de Estado por haber sido elegido popularmente, y el Jefe del Ejecutivo Nacional por ser la autoridad suprema del Poder Ejecutivo en Venezuela.
El Poder Legislativo
En los Estados constitucionales como el venezolano, la función legislativa se encuentra bajo la responsabilidad del órgano legislativo denominado Asamblea Nacional; ese es el nombre que la Constitución le otorga formalmente.
El Poder Judicial
Es el órgano encargado de administrar e impartir justicia. Tiene por objeto conocer todas las causas y asuntos judiciales por medio de los procedimientos establecidos en las leyes, y ejecutar las sentencias que emanen de su seno. Posee una estructura organizativa constituida de la siguiente manera:
Componentes del Sistema de Justicia
- El Tribunal Supremo de Justicia.
- Los Tribunales de la República.
- El Ministerio Público.
- La Defensoría Pública.
- Los órganos de investigación penal (CICPC, cuerpos policiales, entre otros).
- Los funcionarios de justicia.
- El sistema penitenciario.
- Los medios alternativos de justicia.
- Los ciudadanos o ciudadanas que participan en la administración de justicia.
- Los abogados o abogadas en ejercicio.
El Poder Ciudadano
Representa una de las innovaciones fundamentales de la Constitución vigente. Este órgano está integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General y el Contralor General. De estas instituciones, la Defensoría del Pueblo aparece por primera vez en la historia constitucional venezolana.
Estos órganos, en conjunto, forman el denominado Consejo Moral Republicano, el cual ejerce el Poder Ciudadano y goza de autonomía funcional y financiera. Dicho poder tiene por objeto la investigación y la respectiva sanción de los hechos de la Administración Pública que atenten contra la ética. Estos órganos, actuando separadamente, tienen sus funciones bien delimitadas y cada una es de vital importancia para la defensa de la Ley.
El Poder Electoral
Es el segundo de los dos nuevos poderes establecidos en la Constitución. Es ejercido por el Consejo Nacional Electoral (CNE) como ente rector, y cuenta con una serie de organismos subordinados a este, tales como:
- La Junta Electoral Nacional.
- La Comisión de Registro Civil y Electoral.
- La Comisión de Participación Política y Financiamiento.