Estructura del Estado: Poderes, Soberanía y Principios Fundamentales

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Proceso Legislativo

Iniciativa: Cualquier cámara puede presentar un proyecto de ley (cámara de origen). La cámara revisora es aquella a la que pasa el proyecto aprobado por la cámara de origen.

Sanción: El proyecto queda aprobado por ambas cámaras. La sanción es un acto propio del poder legislativo, por lo que las otras cámaras no pueden sancionar una ley.

Promulgación y Publicación: Una vez sancionada, el proyecto de ley pasa al poder ejecutivo. Si lo aprueba, queda promulgada y luego se publica en el boletín oficial. Si el poder ejecutivo rechaza el proyecto, este vuelve a las cámaras. Si no se ponen de acuerdo, deben esperar un año.

Poder Ejecutivo

El poder ejecutivo está encabezado por el presidente, junto al vicepresidente, quien ayuda en sus funciones y lo suplanta en caso de ausencia. El presidente tiene las siguientes comandancias:

  • Jefe supremo de la nación.
  • Responsable de la administración del país.
  • Jefe del gobierno.
  • Jefe de todas las fuerzas armadas.

Gabinete: Integrado por un jefe, ministros y secretarios del poder ejecutivo. Los ministros están a cargo de los negocios.

El poder legislativo se expresa por medio de leyes y decretos.

Poder Judicial

El poder judicial se compone de:

  1. Corte Suprema de Justicia.
  2. Tribunales inferiores.
  3. Juzgados.

Los jueces son elegidos por el presidente, con acuerdo del senado, y duran en su cargo mientras dure su buena conducta. Los juzgados son elegidos por el Consejo de la Magistratura, que los selecciona examinando su capacidad y antecedentes. La característica principal del poder judicial es la sentencia.

Principios Fundamentales de la República

Tradición Republicana

La república es la forma de gobierno que adoptamos, basada en la soberanía y la división de poderes.

División de Poderes

Los individuos se unen para protegerse y crean el estado. Para evitar la desprotección, se dividen las funciones en: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Soberanía del Pueblo

Es el derecho que el estado adquiere en el ejercicio de su autoridad dentro del país, permitiéndole gobernar y dictar leyes.

Responsabilidad de los Gobernantes

Los mandatarios deben rendir cuentas de sus actos ante el pueblo.

Igualdad ante la Ley

Se basa en la unidad del género humano y la dignidad de cada persona.

Periodicidad de la Función Pública

Impide que la autoridad se perpetúe en el poder y permite la participación de otros dirigentes en el gobierno.

Separación de Poderes

Este principio fue anunciado por Charles Louis en 1748. El poder legislativo crea las leyes, normas generales y obligatorias para todos; el poder ejecutivo las aplica, siendo el presidente responsable de la defensa de la república y de asegurar la vida, bienes y derechos de las personas; y el poder judicial decide sobre los conflictos, teniendo como función juzgar.

Derechos y Libertades

Art. 19: Ningún habitante será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.

Libertad: Capacidad de pensar, querer y efectuar lo que es de su voluntad, incluyendo la libertad de expresión.

Principio de Razonabilidad: Los derechos de la carta magna deben ser razonables. Por ejemplo, permite votar a partir de los 18 años, pero no sería razonable fijar la edad mínima para votar a los 60.

Igualdad ante la Ley: Implica igualdad ante las cargas públicas, en el voto, en el trato ante los tribunales y en los trámites.

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