Estructura y Principios del Derecho Laboral en España
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Poderes Públicos
Poder Legislativo: Senado y Congreso de Diputados: redactan y aprueban las leyes.
Poder Ejecutivo: Gobierno, ministerios y órganos del gobierno de comunidades autónomas: aplican leyes y elaboran normas.
Poder Judicial: Juzgados y tribunales: resuelven los problemas.
Fuentes de Derecho
- Leyes: Normas jurídicas escritas.
- Costumbre: Norma jurídica no escrita.
- Principios Generales del Derecho: Enunciados, reglas genéricas.
Derecho Laboral
- Individual: Entre empresario y trabajador.
- Colectivo: Representantes de trabajadores y empresarios o sus representantes.
Trabajo
- Personal: Persona contratada para ello.
- Voluntaria: No es relación obligatoria ni forzada.
- Por Cuenta Ajena: El producto no pertenece al trabajador, sino al empresario.
- Dependiente: Bajo disciplina del empresario.
- Retribuida: Trabajo realizado recibe un salario.
Pirámide Normativa
- Derecho comunitario de la UE
- Constitución Española
- Convenios de la OIT y tratados internacionales
- Leyes
- Normas con rango de ley
- Reglamentos
- Convenios colectivos
- Contrato de trabajo
- Costumbre laboral
Administración y Jurisdicción Social
- Juzgado de lo Social
- Tribunales Superiores de Justicia
- Audiencia Nacional
- Tribunal Supremo
- Tribunal de Justicia de la UE
- Tribunal Constitucional
Derecho del Trabajo
- Principio de Jerarquía Normativa: Normas laborales inferiores deben someterse a lo regulado en las superiores.
- Norma Más Favorable: Excepción y prevalece la de rango superior.
- Condición Más Beneficiosa: Los beneficios deben ser respetados.
- I Dubio Pro Operario: Debe aplicarse la más beneficiosa.
- Irrenunciabilidad de Derechos: No puede renunciar a los derechos que reconozcan las leyes.
Derechos y Deberes en la Relación Laboral
Deberes del Trabajador
- Obediencia: Trabajo bajo la dirección del empresario.
- Buena Fe: Prestación laboral de forma honrada.
- Diligencia: Prestar servicios con el cuidado y rapidez suficientes.
Derechos y Deberes del Trabajador
- Derechos Constitucionales: Reunión/huelga.
- Derechos en Relación con el Trabajo: Ocupación efectiva/percepción puntual del salario.
- Deberes en la Relación Laboral: Cumplir órdenes del empresario/diligencia debida y fidelidad.
Poderes del Empresario
- De Dirección: Dictar órdenes.
- Disciplinario: Sancionar a los trabajadores.
Relaciones Laborales Especiales
- Personal de alta dirección
- Empleados de hogar
- Deportistas profesionales
Relaciones No Laborales
- Trabajos amistosos
- Familiares
- Por cuenta propia