Estructura Salarial: Componentes y Bases de Cotización
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en español con un tamaño de 2,83 KB
Jornada y Permisos Retribuidos
Jornada (40h máx. sem. media anual) + 40h compensación descansos
Permisos retribuidos (Matrimonio: 15 días) (Nacimiento, enfermedad… 2 días y desplazamiento 4 días) (Traslado… 1 día) (Deber público y personal… tiempo imprescindible) (Funciones sindicales… horas previstas en el estatuto) (Exámenes de estudios oficiales… tiempo necesario) (Lactancia hijo menor de 9 meses… una hora de ausencia de trabajo o pueden pedir reducción de jornada.)
Devengos: Percepciones Salariales
1/ El Salario Base, mínimo que recibe ese trabajador.
2/ Los Complementos Salariales, son añadidos, ingresos que completan el salario base “plus” que ese trabajador tiene. PUEDEN SER:
- Complementos personales: la antigüedad, el conocimiento de idiomas, la titulación... No importa el puesto
- Complementos por puesto de trabajo: depende de las condiciones del puesto (penosidad, nocturnidad, peligrosidad, toxicidad…).
- Complementos por la situación y resultados de la empresa: Sólo se cobran si se da cierta situación (plus de calidad, de cantidad, beneficios)
3/ Las Horas extraordinarias
4/ Las Gratificaciones o Pagas Extraordinarias. Dos pagas obligadas, Navidad y cuando acuerde el convenio
5/ Salario en Especie: pagar al trabajador una parte de su salario en “cosas” (coche, móvil, alojamiento…). No más del 30% del total de salario
Percepciones Extrasalariales
No son salario pero entran en la nómina. Pueden ser: Cantidades recibidas en concepto de indemnización por gastos por culpa del trabajo, indemnizaciones y prestaciones de la SS y indemnizaciones por despido.
Bases de Cotización
1/ Base de Cotización por Contingencias Comunes (BCCC)
Remuneración Mensual: suman las percepciones salariales de ese mes sin contar las horas extraordinarias.
Prorrata Pagas Extraordinarias: Se le añaden la parte proporcional de las Pagas Extra que le correspondería a ese mes. Esto se calcula multiplicando por dos el salario base (porque tenemos derecho a dos pagas extras) y dividiéndolo entre 12 meses.
TOTAL: Se suman las dos anteriores.
2/ Base de Cotización por Contingencias Profesionales (BCCP)
Se suma a la cantidad anterior las Horas Extraordinarias que el trabajador haya hecho ese mes.
3/ Base de Cotización por Horas Extraordinarias (BCHE)
Es la cantidad que se le haya pagado por Horas Extraordinarias ese mes.
4/ Base sujeta a retención del I.R.P.F.
Es el total que habíamos sumado de devengos