Estructura del Sector Público Institucional y Procesos de Investidura en España

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Sector Público Institucional

El Sector Público Institucional ejecuta actividades en materia de economía o fomento y prestaciones. Se compone de:

  • Organismos Autónomos (OA): Como Lanbide, Emakunde, etc., que realizan actividades propias de la Administración General del Estado (AGE).
  • Entidades Públicas Empresariales (EPE): Como Loterías y Apuestas del Estado, que obtienen ingresos del mercado.
  • Autoridades Administrativas Independientes de ámbito estatal (AAI): Como el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, que se caracterizan por su independencia funcional y supervisión externa.
  • Sociedades Mercantiles Estatales (SME): Como Correos o el Museo del Prado, en las que el Estado posee más del 50% del capital.
  • Consorcios (C): Como el Consorcio del Agua de Bilbao, formados por varias entidades públicas y, en ocasiones, privadas.
  • Fundaciones del Sector Público Estatal (FPS): Como la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, similares a las SME pero sin ánimo de lucro.
  • Fondos Carentes de Personalidad Jurídica del Sector Público Estatal (FPCI): Como el Fondo para el Fomento y la Promoción del Trabajo Autónomo, que son fondos monetarios.

Organización del Sector Público

Se divide en:

  • Centrales: Ministerios, Secretarios de Estado, Subsecretarios, Secretarios Generales, Secretarios Generales Técnicos, Directores Generales y Subdirectores Generales.
  • Territoriales: Delegados del Gobierno, Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares.
  • Externos:
    • Órganos Directivos: Embajadores y Representantes Permanentes ante Organizaciones Internacionales.
    • Otros Órganos: Misiones Diplomáticas o Representantes Permanentes (Jefatura de la Misión Diplomática o de la Representación Permanente); Consejerías, Agregadurías, Oficinas Sectoriales, Oficinas Económicas y Comerciales, Oficinas Técnicas de Cooperación, Centros Culturales, Centros de Formación de la Cooperación Española, Instituto Cervantes, Misiones Diplomáticas Especiales, las Delegaciones y las Oficinas Consulares de carrera y honorarios.
  • Consultivos: Consejo de Estado y Consejo Económico y Social.

Proceso de Investidura

El proceso de investidura para la Presidencia del Gobierno se desarrolla de la siguiente manera:

  1. El Congreso recibe la propuesta del candidato a la Presidencia del Gobierno. El Presidente de la Cámara convoca el Pleno.
  2. Uno de los Secretarios lee la propuesta.
  3. El candidato expone su programa político sin límite de tiempo.
  4. Se decreta un tiempo de interrupción, y un representante de cada Grupo Parlamentario interviene durante 30 minutos.
  5. El candidato puede hablar cuantas veces solicite. Si contesta a un interviniente, este puede replicar durante 10 minutos. Si contesta de manera global, los intervinientes pueden contestar por 10 minutos.
  6. Se fija la hora de votación. Antes, el candidato puede intervenir por 10 minutos y los Grupos Parlamentarios por 5 minutos. Si obtiene mayoría absoluta, se procede a una segunda votación 48 horas después, donde necesita mayoría simple.
  7. El Presidente del Congreso comunica el resultado al Rey. En caso de no obtener la mayoría, se proponen nuevos candidatos siguiendo el mismo procedimiento.

Mayoría Absoluta y Mayoría Simple

Mayoría Absoluta: Es el voto favorable de más de la mitad de los miembros del órgano correspondiente. Si el número de votantes es par, se necesita la mitad más uno. Si es impar, se necesita la mitad más uno. Las abstenciones no influyen.

Mayoría Simple: Se requiere que haya más votos a favor que en contra. No se tiene en cuenta el número total de votantes. Las abstenciones sí influyen. Por ejemplo: 20 votos a favor, 15 en contra y 15 abstenciones. Es suficiente porque los votos a favor superan a los votos en contra.

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