Estructuras Empresariales y Franquicias: Decisiones Clave para tu Negocio

Clasificado en Economía

Escrito el en español con un tamaño de 8,72 KB

Elección de la Forma Jurídica: Claves para tu Empresa

La elección de la forma jurídica adecuada es un paso fundamental al iniciar un negocio. Implica considerar diversos factores legales, económicos y operativos.

Requisitos Legales y Operativos

Al establecer una empresa, es crucial cumplir con diversas exigencias legales, que pueden incluir:

  • Disponibilidad de espacio adecuado.
  • Implementación de medidas de seguridad.
  • Correcto tratamiento de residuos.
  • Otras normativas específicas del sector.

Responsabilidad Empresarial

La responsabilidad es la obligación de responder por las deudas y compromisos generados por la actividad empresarial. Puede ser de dos tipos:

  • Limitada: La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado. Ejemplos:
    • Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)
    • Sociedad Anónima (SA)
    • Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)
    • Cooperativa (Coop)
    • Sociedad Comanditaria por Acciones (SComan. por acciones) - para socios comanditarios
  • Ilimitada: Los socios responden con todo su patrimonio personal ante las deudas de la empresa. Ejemplos:
    • Empresario Individual (Em. Indivi.)
    • Sociedad Colectiva (SCol.)
    • Comunidad de Bienes (CB)
    • Sociedad Comanditaria Simple (SCom. simple) - para socios colectivos

Número de Socios

El número de personas que se asocian para crear una empresa varía según la forma jurídica:

  • Sociedad Colectiva (SCol.): Mínimo 2 socios.
  • Sociedad Comanditaria Simple (SCom. simple): Mínimo 2 socios.
  • Sociedad Comanditaria por Acciones (SCom. por acciones): Mínimo 2 socios.
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL): Mínimo 1 socio (unipersonal).
  • Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE): Mínimo 1, máximo 5 socios.
  • Sociedad Anónima (SA): Mínimo 1 socio (unipersonal).
  • Asociación Laboral (AL): Mínimo 3 socios.
  • Comunidad de Bienes (CB): Mínimo 2 socios.
  • Comunidad de Titulares de Actividades (CTA): Mínimo 3 socios.
  • Comunidad de Servicios Generales (CSG): Mínimo 2 socios.

Capital Social

El capital social es la aportación que hacen los socios a una sociedad, que puede ser en dinero, bienes o trabajo (aunque el trabajo no siempre computa como capital social en todas las formas jurídicas).

  • Sociedad Anónima (SA): Mínimo 60.101,21 €.
  • Sociedad Limitada (SL): Mínimo 3.000 €.
  • Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE): Mínimo 3.012 €, máximo 120.202 €.
  • Sociedad Comanditaria por Acciones (SCA): Mínimo 60.101,21 €.

Aspectos Fiscales: Impuestos para Empresas

Las empresas tributan principalmente a través de dos grupos impositivos:

  1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Para empresarios individuales y algunas sociedades civiles.
  2. Impuesto de Sociedades (IS): Para la mayoría de las sociedades mercantiles.

Tipo Impositivo del Impuesto de Sociedades

El tipo impositivo general del Impuesto de Sociedades ha experimentado variaciones. En el pasado, se aplicaban tipos como el 35%, con reducciones al 30% para sociedades con una facturación anual inferior a 8 millones de euros. Actualmente, el tipo general es del 25%.

No obstante, existen regímenes especiales y tipos reducidos:

  1. Las cooperativas fiscalmente protegidas suelen aplicar un tipo reducido del 20%.
  2. Las sociedades de nueva creación pueden beneficiarse de tipos reducidos durante los primeros años de actividad.
  3. Las sociedades civiles que tributan en régimen de atribución de rentas no están sujetas al Impuesto de Sociedades, sino que sus socios tributan por IRPF.

Comparativa de Formas Jurídicas (Tabla Resumen)

ImpuestoForma JurídicaNº Socios (Mín.)Capital (Mín.)Responsabilidad
Impuesto de SociedadesSociedad Limitada (SL)13.000 €Limitada
Impuesto de SociedadesSociedad Anónima (SA)160.101,21 €Limitada
Impuesto de SociedadesSociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)1-53.012 €Limitada
Impuesto de SociedadesCooperativa (Coop.)3Variable (mín. estatutario, ej. 3.000 €)Limitada

La Franquicia: Un Modelo de Negocio Colaborativo

La franquicia es un contrato mercantil mediante el cual una empresa o profesional (el franquiciador) cede a otra empresa o profesional (el franquiciado) el derecho a explotar un modelo de negocio probado, a cambio de ciertas contraprestaciones.

Aportaciones y Contraprestaciones en la Franquicia

  • El franquiciador aporta:
    • Un producto o servicio consolidado.
    • Una marca reconocida.
    • El know-how (saber hacer) del negocio.
  • El franquiciado realiza aportaciones económicas, como el canon de entrada y los royalties.

¿Qué es el Royalty?

El royalty es una participación en los ingresos o una cantidad fija que el franquiciado paga periódicamente al franquiciador. Este pago se realiza a cambio del permiso para utilizar la marca, el sistema de negocio y el soporte continuo.

El Valor del Know-How en una Franquicia

El know-how (saber hacer) es el conjunto de conocimientos prácticos, experiencia y métodos de gestión que el franquiciador ha desarrollado y que son esenciales para el éxito del negocio. Se materializa en:

  • Manuales operativos detallados.
  • Programas de formación teórico-práctica para el franquiciado y su personal.

Es, en esencia, el método, la forma y la manera de gestionar y dirigir el negocio de manera exitosa.

Características Clave del Contrato de Franquicia

  • Las empresas del franquiciado y del franquiciador son entidades jurídicas independientes, aunque operen bajo la misma marca y sistema.
  • El franquiciado suele tener la exclusiva territorial de la franquicia en una zona determinada.
  • El canon de publicidad (si existe) se destina a constituir un fondo para la realización de campañas de marketing y publicidad que beneficien a toda la cadena de franquicias.
  • La duración del contrato de franquicia es la que determinen libremente las partes en el acuerdo.
  • El franquiciado no tiene libertad total para dirigir su empresa; debe ajustarse estrictamente al know-how y a las directrices comunicadas por el franquiciador para mantener la uniformidad de la marca.
  • El franquiciador tiene derecho a inspeccionar la empresa del franquiciado para asegurar el cumplimiento de los estándares y el contrato.

Entradas relacionadas: