Etapas Clave del Procedimiento Administrativo

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Fases del Procedimiento Administrativo

El procedimiento administrativo se desarrolla en varias fases, desde su inicio hasta su resolución. A continuación, se detallan las etapas clave:

1. Iniciación

Según el artículo 68 de la LRJPAC (Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), los procedimientos administrativos pueden iniciarse de dos maneras:

  • De oficio
  • A instancia de parte

a) Iniciación de Oficio

En este caso, es la propia Administración Pública la que inicia el procedimiento. La fecha del acuerdo de iniciación se considera la fecha formal de comienzo del procedimiento. Los supuestos de iniciación de oficio son:

  1. Por iniciativa propia del órgano competente.
  2. Por orden del órgano superior jerárquico.
  3. Por petición razonada o motivada de otro órgano (incluso inferior o de otra Administración).
  4. Por denuncia: Acto por el cual un particular (voluntariamente) o una autoridad pública (en cumplimiento de una obligación legal) pone en conocimiento de la Administración la existencia de un hecho, con el fin de que se inicie un procedimiento administrativo.

b) Iniciación a Instancia de Parte

El procedimiento se inicia a solicitud del interesado. Esta solicitud debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Datos identificativos del solicitante o de su representante, y domicilio a efectos de notificaciones.
  • Hechos, fundamentos y petición que se formula.
  • Lugar y fecha.
  • Firma del solicitante.
  • Órgano ante el que se presenta la solicitud.

La Administración está obligada a recibir la solicitud. Si la solicitud presenta defectos, el artículo 71 de la LRJPAC establece un plazo de 10 días para subsanar la falta o adjuntar los documentos requeridos.

Presentación de Solicitudes y Comunicaciones (Artículo 38.4 LRJPAC)

Las solicitudes escritas y comunicaciones de los ciudadanos se pueden presentar en:

  • Registros de los órganos a los que se dirigen.
  • Registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas (CCAA).
  • Oficinas de correos.
  • Representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • Cualquier otro órgano que establezca la ley.

Las Administraciones Públicas también pueden suscribir convenios para la tramitación de solicitudes. La fecha de recepción en el registro es la fecha de iniciación del procedimiento administrativo a instancia de parte. Es fundamental que el personal del registro selle la copia de la solicitud.

Acumulación de Procedimientos (Artículo 73 LRJPAC)

El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento puede disponer su acumulación a otros con los que guarde estrecha relación. Contra este acuerdo no cabe recurso administrativo.

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