Ética y Derecho: Legitimidad Estatal, Justicia y Valores Democráticos
Clasificado en Filosofía y ética
Escrito el en español con un tamaño de 3,66 KB
Legitimidad de la Acción del Estado en Defensa de la Paz y los Valores Democráticos
A. Definición y Características del Derecho
El derecho puede entenderse de tres formas:
- A) Ciencia: Es el estudio del hecho jurídico a través de su historia, su filosofía y su sociología.
- B) Subjetivo: Poder efectivo que tiene un miembro de la sociedad a poseer, hacer o exigir algo, conforme a las leyes y al orden jurídico que lo protege.
- C) Objetivo: Conjunto de leyes y normas que regulan la conducta de las personas y dirigen su vida en sociedad.
El derecho tiene las siguientes características:
- A) Racionalidad: La ley tiene que tener su fundamento en la razón, lejos de cualquier arbitrariedad o capricho.
- B) Libertad o Tolerancia: Pues en igualdad de circunstancias ha de permitir que las personas hagan con suficiente autonomía lo que deseen.
- C) Reciprocidad: De tal manera, que si alguien tiene un derecho, los demás deben respetarlo y viceversa.
- D) Universalidad: La ley debe ser igual para todos los miembros pertenecientes a la misma comunidad o sociedad.
- E) Publicidad: La ley solo puede obligar si ha sido debidamente promulgada o dada a conocer.
- **F) Existencia de una autoridad legítimamente establecida.
- G) Coactividad: Capacidad de imponer penas o castigos a quienes incumplen las leyes. Esta coactividad puede ir desde una sanción económica hasta la cárcel.
B. La Justicia
B1. Definición
El objetivo último de la ley es la realización de la justicia. La palabra justicia puede referirse tanto a una institución social (los jueces y tribunales de juzgar) como a la virtud moral de hacer lo que es bueno. La justicia se presenta ante todo como la medida que preside las relaciones de los ciudadanos en el interior de la sociedad. El símbolo de la balanza expresa bien ese equilibrio entre derechos y deberes de todas y cada una de las personas que forman la sociedad.
La justicia es el eje ético de toda la vida social, política y económica y el horizonte axiológico al que debe aspirar todo sistema jurídico. Por eso tiene que reunir una serie de características:
- A) Alteridad: Se tiene que dar entre 2 o más personas.
- B) Igualdad: Únicamente se puede dar entre dos personas en igualdad de la distribución de todos los bienes sociales esenciales para la dignidad de una persona.
- C) Deuda: Una de las personas o instituciones debe algo a la otra y una vez pagada o satisfecha la deuda, termina la relación de justicia.
B2. Teorías
Aristóteles: Señaló que lo justo es dar a cada uno lo que le corresponde según la ley. Distingue varios tipos de justicia:
- Conmutativa: La palabra conmutativa proviene del término latino conmutatio, que significa intercambio.
- Distributiva: Rige las relaciones entre el estado y el ciudadano. Consiste en el reparto de cargas, empleos y beneficios.
- Social: Rige las relaciones del individuo con respecto a la sociedad. Tiene como finalidad lograr objetivos colectivos y buenas relaciones sociales.
Utilitarismo: La concepción de justicia que tiene que presidir una sociedad es la de fomentar la mayor felicidad o satisfacción para el mayor número de personas.