Éticas Procedimentales: Fundamentos para la Justicia en Sociedades Multiculturales
Éticas procedimentales
En las sociedades multiculturales actuales, se plantea el desafío fundamental de establecer normas morales aceptadas por todos, que permitan una convivencia basada en la justicia. Estas normas, por su naturaleza inclusiva, no pueden fundamentarse en ninguna religión específica.
Para dar respuesta a este reto, surgieron en la segunda mitad del siglo XX diversas corrientes éticas que no pretenden dictar qué es el «bien» o cómo debemos vivir, sino definir el procedimiento necesario para establecer normas morales legítimas.
El diálogo como fundamento de la moralidad
La premisa central es: siéntense todos los interesados, argumenten y consideren las consecuencias, teniendo en cuenta las opiniones de todos los afectados.
Esta perspectiva es la que propone la ética discursiva. Filósofos como Apel y Habermas consideran que el discurso argumentativo debe ser el medio principal para la fundamentación de las normas. Estas, al basarse en el diálogo, se denominan también éticas dialógicas.
Se fundamentan en una racionalidad dialógica, donde los participantes se comprometen a aceptar aquellas normas basadas en las mejores razones. La ética discursiva exige que quienes se involucren en una argumentación se respeten como personas con dignidad, obligando a tratar a cada individuo como un fin en sí mismo.
Para que este proceso sea posible, deben cumplirse ciertas condiciones ideales:
- Cualquier sujeto racional puede participar en condiciones de igualdad.
- Cualquier sujeto tiene el derecho a ser escuchado.
- Cualquiera puede problematizar cualquier afirmación.
Nota: Estas condiciones describen una comunidad ideal que no existe plenamente en la realidad.
Decidiendo con los ojos vendados
¿Qué procedimiento debemos seguir para acordar normas con las que todos podamos estar de acuerdo? J. Rawls propone que los interesados se reúnan y acuerden normas argumentadas bajo una premisa clave: cada interlocutor debe prescindir de su condición real para acordar una ley justa e imparcial.
Los principios generales de justicia que serían adoptados por todos en este contrato social son:
- La igualdad de libertades básicas.
- Las desigualdades económicas y sociales deben estar asociadas a cargos y posiciones abiertos a todos en igualdad de oportunidades.
- Procurar el máximo beneficio de los miembros menos aventajados de la sociedad.