ETT vs Outsourcing: Diferencias Clave y Aspectos Legales en España

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1) Relaciones Laborales en ETT

TRABAJADOR, E. USUARIA y ETT

  • TRABAJADOR y E. USUARIA: Prestación de servicios.
  • E. USUARIA y ETT: Relación mercantil.
  • TRABAJADOR y ETT: Relación laboral.

2) Novedades en el Derecho del Empleo: Las ETTs en España

  • 2008: Se aprueba una directiva europea sobre ETTs. La norma europea es claramente favorable a esta actividad, basándose en un equilibrio "flexiseguro". Mejora la situación de los trabajadores temporales y obliga a eliminar las restricciones y exclusiones al uso de las ETTs.
  • 2010: La Ley 35/2010 se hace eco de la reforma europea y elimina algunas restricciones a las ETTs. Sin embargo, estas medidas fueron insuficientes y se mantuvo un régimen demasiado rígido.

3) Outsourcing

Relaciones entre E. USUARIA, E. OUTSOURCING y TRABAJADOR

  • E. USUARIA y E. OUTSOURCING: Relación mercantil. La empresa de outsourcing presta servicios a la empresa usuaria.
  • El control y la dirección de la actividad los tiene la E. USUARIA.
  • E. OUTSOURCING y TRABAJADOR: Relación laboral.

4) Características del Outsourcing

Actividad Externalizable

  • Autónoma y Completa: No se basa en turnos, cuenta con recursos exclusivos y puede haber diferenciación geográfica.

Dirección y Control de la Actividad

  • Estructura de coordinación y supervisión dedicada a la gestión del servicio.
  • Medición del absentismo y la eficiencia.
  • Evaluación y formación continua.

Asunción del Riesgo Empresarial

  • Acuerdos a nivel de servicio.
  • Soluciones a la productividad.

5) Diferencias entre ETT y Outsourcing

CaracterísticaETTOutsourcing
TemporalidadTemporalPermanente o Temporal
ObjetoPuesto de trabajoProceso o Proyecto
Riesgo empresarialNo asumen riesgo empresarialAsumen riesgo empresarial
DirecciónEn la empresa clienteEn la empresa de outsourcing
Evaluación del desempeñoPor la empresa clientePor la empresa de outsourcing
Tipo de contratoContrato de puesta a disposición por personaContrato de arrendamiento de servicios por servicio

6) Calcular Salario por Hora y Mensual

Datos

  • Convenio propio.
  • Salario anual administrativo: 18.000€.
  • Horas del convenio: 1.790.

Resultado

  • Salario por hora: (18.000€ / 1.790 horas) = 10,06€/hora (aproximadamente).
  • Salario mensual: (18.000€ / 12 meses) = 1.500€/mes.

7) ¿Se debe pagar los pactos de empresa a los trabajadores de ETT?

Depende de lo que dicte el pacto de empresa. Si el pacto establece que todos los trabajadores de la empresa deben cobrar un determinado complemento salarial o beneficio, los trabajadores de ETT también tendrán derecho a cobrarlo.

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