Evaluación de Impacto Ambiental: Aptitud, Impacto y Proceso

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El grado óptimo que presenta un territorio para una actividad, teniendo en cuenta la medida en que el medio cubre sus requisitos locacionales y los efectos de dicha actividad sobre el medio. El medio tendrá una capacidad de acogida elevada si la aptitud es alta y el impacto es bajo. Si elaboramos un cuadro de aptitud/impacto podemos ordenar el territorio con el fin de poder excluir las zonas más perjudiciales.


Elementos Clave en la Evaluación de Impacto Ambiental

  • Descripción del proyecto y sus acciones.
  • Examen de alternativas técnicamente viables y justificación de la solución adoptada.
  • Inventario ambiental y descripción de las interacciones ecológicas o ambientales claves.
  • Identificación y valoración de impactos, tanto en la solución propuesta como en sus alternativas.
  • Efectos derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgo de accidentes o de catástrofes.
  • Establecimiento de medidas protectoras y correctoras.
  • Programa de vigilancia ambiental.
  • Documento de síntesis.
  • Referencias bibliográficas y listado de normativa ambiental aplicable.


Es el método de valoración de impactos cualitativos, que valora por medio de la magnitud (grado, extensión, escala de impacto) y la importancia (trascendencia o significado del impacto).


Es la interpretación de los efectos ambientales que normalmente se hacen por la cualidad ambiental. Es una interpretación en términos de cualidad ambiental y también en términos de salud y bienestar animal.


Fases del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental

Fase 1: Inicio

Solicitud por el promotor ante el órgano sustantivo de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, acompañada del documento inicial del proyecto.

Determinación del alcance del EsIA por el órgano ambiental, previa consulta a las administraciones públicas afectadas, y en su caso, a las personas interesadas.

Fase 2: Desarrollo

Elaboración de los EsIA por el promotor del proyecto.

Evacuación del trámite de información pública y de consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, por el órgano sustantivo.

Fase 3: Resolución

Declaración de impacto ambiental emitida por el órgano ambiental.

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