Evolución Constitucional y Derechos Fundamentales en México

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Evolución de los Documentos Constitucionales en México

El marco jurídico mexicano ha sido moldeado por diversos documentos históricos fundamentales:

  • Constitución de Apatzingán de 1814 (precedida por los Sentimientos de la Nación de 1813 y el Acta de Independencia de 1813).
  • Tratados de Córdoba de 1821.
  • Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano de 1822.
  • Acta Constitutiva de la Federación de 1824.
  • Constitución de 1824.
  • Bases Constitucionales expedidas por el Congreso Constituyente de 1835.
  • Leyes Constitucionales de 1836.
  • Bases Orgánicas de la República Mexicana.
  • Acta Constitutiva y de Reformas de 1847.
  • Bases para la Administración de la República hasta la promulgación de la Constitución.
  • Constitución de 1857.
  • Leyes de Reforma de 1859.
  • Constitución Federal de 1917.

Artículos Fundamentales de la Constitución

A continuación, se detallan los derechos y garantías esenciales establecidos en la carta magna:

  • Art. 1: Garantiza el respeto a los derechos humanos de los individuos.
  • Art. 2: Establece la nacionalidad y el reconocimiento de los pueblos indígenas.
  • Art. 3: Derecho a la educación.
  • Art. 4: Igualdad entre el hombre y la mujer.
  • Art. 5: Derecho al trabajo.
  • Art. 6: Derecho a la manifestación de ideas.
  • Art. 7: Libertad de imprenta (prensa).
  • Art. 8: Derecho de petición.
  • Art. 9: Derecho de asociación y reunión pacífica.
  • Art. 10: Posesión de armas en el domicilio para seguridad y legítima defensa.
  • Art. 11: Libertad de tránsito.
  • Art. 12: Prohibición de títulos de nobleza.
  • Art. 13: Prohibición de leyes privativas y tribunales especiales.
  • Art. 14: Principio de no retroactividad de la ley.
  • Art. 15: Prohibición de tratados para la extradición de reos políticos.
  • Art. 16: Protección contra actos de molestia sin mandato judicial.
  • Art. 17: Prohibición de hacerse justicia por propia mano.
  • Art. 18: Regulación de la prisión preventiva.
  • Art. 19: Límite de detención ante autoridad judicial (72 horas).
  • Art. 20: Derechos del inculpado y de la víctima.
  • Art. 21: La imposición de penas es exclusiva de la autoridad judicial.
  • Art. 22: Prohibición de penas de mutilación, infamia, marcas, azotes y tortura.
  • Art. 23: Ningún juicio criminal podrá tener más de tres instancias.
  • Art. 24: Libertad de culto.
  • Art. 25: Derecho al desarrollo social y económico.
  • Art. 26: Desarrollo nacional y democrático.
  • Art. 27: Derecho a la propiedad.
  • Art. 28: Prohibición de monopolios.
  • Art. 29: Suspensión de garantías en casos específicos.

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