Evolución Constitucional: De la Soberanía Estatal a la Directriz Social
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Capítulo 4: Conclusión: Una Mirada a las Constituciones Actuales
Las constituciones que hoy tenemos proponen un modelo político en esencia diferente al Estado de Derecho liberal del siglo pasado. Estas constituciones han reafirmado de nuevo el principio de soberanía popular contra la tradición decimonónica que lo había desterrado a favor del principio de soberanía del Estado. Han retomado de nuevo la tradición revolucionaria de las declaraciones de Derechos, expandiendo su objeto hacia los Derechos sociales que, sólo de manera efímera aunque relevante, habían sido afirmados en el curso de la revolución francesa. Y se proponen como constituciones rígidas protegidas por procedimientos particulares de revisión y reforzadas por una difusión progresiva del control de constitucionalidad (organizado de manera distinta que el estadounidense difuso, pero operante también como jurisdicción de las libertades).
En este momento histórico se descubre en su conjunto la supremacía de la constitución (bien como máxima forma de garantía de los Derechos y libertades, bien como norma directiva fundamental a seguir para la realización de los valores constitucionales). Tras la caída de los regímenes totalitarios y la conclusión de la segunda guerra mundial parece insuficiente una afirmación solemne, protegida por la constitución, de los Derechos y libertades frente a las posibles prevaricaciones de los poderes públicos.
La Constitución como Norma Directiva Fundamental
Parece necesario concebir la constitución no sólo como norma fundamental de garantía, sino también como norma directiva fundamental. Si la constitución debe ser una verdadera y precisa norma jurídica surge el problema de la ilegitimidad de aquellas normas de derecho positivo estatal vigentes en cuanto emanadas formalmente de manera correcta, pero contrarias a la constitución en cuanto a los contenidos sustanciales.
El Control de Constitucionalidad y el Estado Liberal
¿La existencia misma de un control de constitucionalidad destruye el dogma liberal estatalista de la fuerza absoluta de la ley? Crea así una situación, en la que la validez de las normas del Estado está como suspendida, en el sentido de que depende de un juicio sobre su conformidad con la constitución y con una cierta interpretación de la constitución y de los principios constitucionales. La constitución como norma directiva fundamental contrasta inevitablemente con el estatalismo liberal del siglo pasado. No porque un protagonismo de los poderes públicos implique un crecimiento cuantitativo de los deberes de la administración del Estado, sino porque lo que no es admisible para la lógica liberal estatalista es que la unidad política de un pueblo o de la nación, no se conciba como una realidad objetiva y pacífica.