Evolución del Constitucionalismo: Socialismo y Derechos Humanos

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Constitucionalismo Social

  • Surge con la Segunda Revolución Republicana Francesa de 1848 y se concreta con la Revolución Mexicana de 1910-1917, la Revolución Bolchevique de 1917-1918 y la aparición de la primera experiencia republicana de Alemania Unificada de 1919-1933.
  • En otros términos: surge culminada la Primera Guerra Mundial.
  • Surge como respuesta a la parte negativa del fenómeno de la Revolución Industrial y la desmesura en pro del lucro del capitalismo decimonónico. En este sentido, el constitucionalismo social pretende solucionar un problema crucial: la explotación del hombre por el hombre.

Características

  • Aceptó los elementos constitutivos del constitucionalismo clásico en materia de seguridad y libertad.
  • Aseveró que los derechos individuales deben ejercerse en armonía con el interés general.
  • Replanteó la noción de igualdad (que se enfocaba bajo el influjo clásico como isonomía ante la Ley), luego ya conocido como paridad en la oportunidad (igualdad de condiciones).
  • Amplió la gama de los derechos fundamentales de la persona al ámbito económico, social y cultural.
  • Fomentó la participación activa del Estado en el ámbito económico.
  • Fomentó la dignificación ética del trabajo.
  • Planteó la solidaridad como deber jurídico y la justicia como deber político del Estado.
  • Se considera que el constitucionalismo socialista asienta sus bases en la doctrina marxista-leninista, presentando sus sociedades las siguientes características:
    1. Son sociedades ideológicas.
    2. Son sociedades en vías de desarrollo.
    3. Para lograr el orden social colectivo y sobrepasar el subdesarrollo, establecen generalmente una estructura económica de tipo centralista y autoritario.
  • El fundamento ideológico de la sociedad marxista es ineludiblemente la obra de Marx: El Capital.
  • El marxismo constituye una doctrina filosófica, una explicación total del hombre, de la sociedad y del mundo.
  • La concepción marxista de Estado establece:
    • El Estado es sólo una superestructura destinada a desaparecer.
    • La desaparición del Estado se realizará según un proceso dialéctico de evolución.

Constitucionalismo de los Derechos Humanos

  • No han sido otorgados, sino más bien, fueron reconocidos.
  • La Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948 marca el inicio de lo que se conoce como Constitucionalismo de los Derechos Humanos, puesto que estos son recogidos en la multiplicidad de Textos Constitucionales en el mundo.
  • Constituye su antecedente más remoto la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.
  • La Declaración suscitada en 1948 solo ha tenido un valor declarativo y formal.

Clasificación de los Derechos Humanos

  • Derechos Humanos de primera generación: son las libertades clásicas aprobadas en la Asamblea Nacional Francesa durante la Revolución de 1789.
  • Derechos Humanos de segunda generación: son los derechos sociales y económicos, que responden al denominado Estado Social y de Bienestar.
  • Derechos Humanos de tercera generación: promovidos a partir de 1970, para elevar el progreso social y promover el nivel de vida de todos los pueblos.
  • Derechos Humanos de cuarta generación: relacionados al conjunto de derechos reconocidos con motivo del surgimiento de la Bioética.

Derechos Humanos de Primera Generación

  • Siglo XVIII a principios del siglo XX.
  • Derechos civiles y políticos.
  • Expresión de libertad.
  • Equilibrio: institución y ciudadano.

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