Evolución del Derecho Administrativo: Desde Roma hasta la Revolución Francesa
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Derecho Romano
Durante el Imperio Romano existieron instituciones públicas que requerían normas para regular su funcionamiento. Surgieron instituciones como el concilium principis, el ejecutivo y la jurisdicción, entre otras.
El Concilium Principis
Creado por el emperador Augusto, el concilium principis era un cuerpo consultivo que asesoraba, guiaba y moderaba a las autoridades unipersonales con su prudencia y dictámenes. Esta práctica era común en la antigua Roma.
La Monarquía
La monarquía es una forma de gobierno donde la jefatura del Estado es personal, vitalicia y se designa por herencia.
Etapas de Formación y Consolidación del Derecho Administrativo
- Etapa de Formación: aproximadamente desde finales del siglo XVIII hasta la última parte del siglo XIX.
- Etapa de Consolidación: desde finales del siglo XIX hasta la actualidad.
El Estado de Derecho
El Estado de Derecho es la concepción de que las normas jurídicas son obligatorias tanto para los gobernados como para los gobernantes.
La Revolución Francesa (1789-1799)
La Revolución Francesa fue un proceso social y político con consecuencias trascendentales, como el derrocamiento de Luis XVI (Casa de Borbón), la abolición de la monarquía y la proclamación de la Primera República.
Se prohibió a los jueces interferir en asuntos administrativos.
Ley del 16-24 de agosto de 1790
“Las funciones judiciales son y continuarán siendo separadas de las funciones administrativas. Los jueces no podrán, bajo pena de prevaricato, inmiscuirse en las operaciones de los cuerpos administrativos, ni citar ante ellos a los funcionarios de la administración por razón de sus funciones”.
Artículo 3º de la Constitución Francesa de 1791
“Los tribunales no pueden inmiscuirse en el ejercicio del poder legislativo, ni suspender la ejecución de las leyes, ni en las funciones administrativas, ni citar ante ellos a los funcionarios de la administración por razones de sus funciones”.
Tipos de Jurisdicción
Jurisdicción común: resolvía controversias entre particulares.
Jurisdicción administrativa: resolvía controversias donde la administración pública era parte.