Evolución y Fundamentos de la Ciudadanía: Desde la Antigüedad hasta los Derechos Humanos
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Limitaciones de la Ciudadanía Antigua
Podemos señalar tres limitaciones de los primeros modelos de ciudadanía nacidos en Grecia y Roma, sin quitarle mérito por su contribución positiva a la construcción de la ciudadanía moderna:
- Se trataba de una ciudadanía excluyente; es decir, solo eran ciudadanos los varones adultos que reunían ciertos requisitos establecidos por las leyes, quedando siempre fuera las mujeres, niños, extranjeros y esclavos. Gran parte de la población carecía del estatuto de ciudadanía.
- Solo se consideraba “libre e igual” a los miembros de la propia comunidad política que tuvieran la condición de ciudadanos, y no a todo ser humano por el hecho de serlo. La Edad Moderna supuso un avance en ese sentido.
- La condición de ciudadano en la Antigüedad aportaba ciertos derechos de participación política, pero los derechos individuales no estaban suficientemente protegidos frente a posibles abusos de las autoridades.
La Doble Raíz de la Ciudadanía Moderna
La institución de la ciudadanía en la antigüedad nos muestra dos tradiciones que todavía perduran en la idea contemporánea de ciudadanía: la tradición de la participación política a través de la deliberación (origen griego) y la tradición de la protección legal de los derechos de la persona (de origen romano). La primera parte de la moderna idea republicana de ciudadanía, que insistía en que los ciudadanos tenían que participar activamente en la vida pública, mientras que la segunda forma parte de la versión liberal de ciudadanía, que subraya la prioridad de los derechos subjetivos y resta importancia a la cuestión de la participación política.
Ciudadanía y Estado
Aunque las raíces de la ciudadanía sean griegas y latinas, el concepto procede sobre todo de los siglos XVII y XVIII. A lo largo de la Edad Media se forjó la noción de derechos naturales, propios de todo ser humano, y para proteger esos derechos se instauró poco a poco un nuevo tipo de comunidad política: el Estado nacional moderno como institución en el que se obliga a defender la vida, integridad y propiedad de sus miembros. Con la aparición del Estado moderno se va configurando el actual concepto de “ciudadanía”, ligado a los dos lados de la expresión “Estado nacional”: “Estado” y “nación”.
El término “Estado” lo utilizó Maquiavelo por primera vez para referirse a la organización estable, al aparato establecido, con sus cargos o burocracia y su gobernante, el Príncipe. Fue Juan Bodino quien, con su concepto de soberanía, dotó al Estado absolutista de autonomía, neutralidad en el orden religioso y poder absoluto. Los miembros de pleno derecho de un Estado son sus ciudadanos, aunque existan otras formas de pertenencia, como el permiso de residencia, la figura del trabajador invitado o la del refugiado. En el Estado son los ciudadanos quienes ostentan la nacionalidad de ese país, entendiendo por nacionalidad el estatuto legal por el que una persona pertenece a un Estado que haya sido reconocido por el derecho internacional, y se vincula a él.
Para reconocer la nacionalidad de cada recién nacido se da prioridad a:
- El derecho de suelo, que establece que se ha de reconocer como ciudadano a quien nace en el territorio nacional.
- El derecho de sangre, que concede prioridad a la nacionalidad de los padres.
Sin embargo, en un Estado como el moderno, la nacionalidad puede ser cambiada si se renuncia explícitamente a ella y se adopta una nacionalidad distinta.
Ciudadanía y Derechos Humanos: Derechos Civiles
Lo característico de la noción moderna de “ciudadanía” es el establecimiento de una serie de derechos individuales que tratan de frenar los posibles abusos del Estado y mantener un ámbito de libertad para cada ciudadano. En una primera etapa, los derechos reconocidos a los ciudadanos son derechos civiles, pero también derechos de libertad de conciencia. A lo largo de los siglos XVI, XVII y XVIII, la influencia de las ideas iusnaturalistas se propagó por varios países occidentales provocando diversos cambios políticos:
- Las declaraciones de derechos de las colonias inglesas de Norteamérica en el momento de independizarse, convertidas en Nuevos Estados, y la propia declaración de independencia de los EEUU recogen un conjunto de derechos fundamentales que se complementarán posteriormente a través de sucesivas enmiendas constitucionales.