Evolución histórica del Derecho laboral: de Roma a la Revolución Industrial
Resumen
El documento recorre la evolución del trabajo y su regulación desde el Derecho romano hasta el liberalismo del siglo XIX. Explica los contratos de arrendamiento de servicios, la organización laboral en la Alta Edad Media, el papel de los gremios y el paso a la libertad de industria y a la autonomía de la voluntad. Permite entender cómo se formó el contrato de trabajo moderno.
Puntos clave
- En Roma, la locatio conductio operarum era un arrendamiento de servicios: el locator se obligaba a prestar trabajo a cambio de una remuneración.
- En los territorios cristianos se mantuvo la organización visigoda, mientras que los esclavos mejoraron su condición o huyeron a territorios musulmanes.
- En el siglo XIII surgieron los gremios, asociaciones de maestros, oficiales y aprendices que regulaban el trabajo, los precios y la formación.
- El Decreto de 1836 declaró la libertad de industria y comercio sin necesidad de agremiación, lo que eliminó la protección gremial.
- Con el liberalismo apareció la autonomía de la voluntad: el Estado solo fijaba condiciones mínimas de contratación.
- Hasta la Constitución de 1869 no se reconoció el derecho de reunión y asociación de los trabajadores.
Evolución Histórica del Derecho Laboral
1. Derecho Romano
Los contratos consensuales requerían el consentimiento de ambas partes (presentes o ausentes). Ejemplos de estos contratos son la compraventa y el arrendamiento. Dentro del arrendamiento, destaca la locatio conductio operarum (arrendamiento de servicios), donde el locator (arrendador) se obliga a prestar al conductor (arrendatario) una determinada cantidad de trabajo a cambio de una remuneración.
2. Derecho Visigodo (Siglo X)
Se conservó el orden administrativo romano. Los sujetos más importantes de la actividad laboral eran:
- Nobles: No trabajaban, eran rentistas.
- Libres: Constituían la plebe, se dedicaban a la artesanía, el comercio y la propiedad.
- Siervos.
Había tres formas de organizar el trabajo artesanal:
- Recibir materia prima y manufacturarla en su taller a cambio de dinero.
- Trabajar en casas particulares.
- Adquirir materia prima para negociar.
En el medio rural existían:
- Pequeños propietarios, a menudo bajo presiones fiscales.
- Latifundistas, que contrataban el cultivo de parte de sus tierras.
Los esclavos se dividían en:
- Públicos (minas).
- Privados (servicio doméstico o cultivo).
3. Derecho Cristiano y Musulmán
Existían grandes diferencias entre ambos:
- En los territorios cristianos se mantuvo la organización visigoda.
- La condición de los esclavos mejoró, pero muchos se marcharon a territorios musulmanes.
- Se implementó una política repobladora, que aumentó el número de pequeños propietarios.
- Surgieron los señoríos (tierras de propiedad real e instituciones eclesiásticas).
- Se desarrolló el feudalismo, con tres estamentos: nobleza, clero y campesinos.
- En el siglo XI, se organizaron muchos mercados, lo que provocó el éxodo de los campesinos hacia las ciudades.
- Los mercados contribuyeron al florecimiento del comercio y a la economía de cambio.
- En la ciudad se concentraron los comerciantes y artesanos, que utilizaban diferentes tipos de contratos:
- Arrendamiento de obra: una persona encarga una cosa que da lugar a una actuación profesional.
- Arrendamiento de compraventa: el artesano vende sus productos en su tierra.
- Arrendamiento de servicios: una persona libre se emplea al servicio de otra.
- En el siglo XIII surgieron los gremios.
- En el siglo XVI, el régimen gremial disciplinaba el trabajo en la península.
- Los gremios eran asociaciones formadas por maestros, oficiales y aprendices del mismo oficio. Sus funciones eran:
- Regular la actividad laboral, la formación y el aprendizaje de sus asociados.
- Controlar la oferta y los precios.
- Buscar la prosperidad de sus miembros y ampararlos en caso de desgracia.
4. Derecho del Trabajo
Se refiere al contrato de trabajo por cuenta ajena.
Antiguo Régimen
Las relaciones laborales del servicio doméstico estaban reguladas en los derechos municipales, y las vinculadas a la explotación del campo estaban sometidas a una regulación jurídica fragmentada. Para limitar los abusos en las relaciones señoriales, existían normas como las ordenanzas municipales de cada lugar. Las relaciones artesanales estaban reguladas por los gremios. Con la aparición del liberalismo, los gremios desaparecieron. El Decreto de 1836 declaró la libertad de industria y comercio sin necesidad de agremiación, lo que dejó a los trabajadores sin la protección gremial.
Liberalismo
Apareció el principio de autonomía de la voluntad: el Estado no intervenía de manera imperativa y se limitaba a fijar condiciones mínimas de contratación. Este periodo coincide con el comienzo de la Revolución Industrial. Hasta la Constitución de 1869 no se reconoció el derecho de reunión y asociación. El régimen jurídico de las relaciones laborales se estableció en el Código Civil bajo la configuración del arrendamiento de servicios.
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Qué era la locatio conductio operarum?
Era un arrendamiento de servicios del Derecho romano en el que el locator se obligaba a prestar al conductor una cantidad determinada de trabajo a cambio de una remuneración.
¿Qué funciones tenían los gremios?
Regulaban la actividad laboral, la formación y el aprendizaje de sus asociados, controlaban la oferta y los precios, y buscaban la prosperidad de sus miembros y su amparo en caso de desgracia.
¿Por qué desaparecieron los gremios?
Con la aparición del liberalismo, el Decreto de 1836 declaró la libertad de industria y comercio sin necesidad de agremiación, por lo que los gremios desaparecieron.
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