Evolución de las leyes educativas en España
Clasificado en Magisterio
Escrito el en español con un tamaño de 4,28 KB
Leyes. LGE (1970)
Educación preescolar no obligatoria.
- Jardín de Infancia: 2 – 3 años con planteamientos semejantes al hogar.
- Ed. De párvulos: 4 – 5 años gratuita en centros del Estado.
Estaba encaminada para potenciar las virtualidades del niño y prepararle para la escolarización obligatoria.
- Educación General Básica (EGB): único nivel de enseñanza básica.
- Ocho cursos. Inicialmente se organizó en dos etapas; posteriormente en tres ciclos. Es obligatoria y gratuita.
- Bachillerato unificado polivalente.
- Tres cursos. No obligatorio ni gratuito.
- Un curso posterior COU daba acceso a la Universidad.
- Educación Universitaria.
Esta Ley (LGE) fue un cambio de tendencia muy importante que afectó tanto a la estructura de los centros como a la orientación dada a la enseñanza. Reguló la educación preescolar: Fue un carácter voluntario y gratuito en los centros estatales y privados concertados. Su objetivo fundamental fue crear un desarrollo armónico de la personalidad del niño. Estableció la especialidad del profesorado de Ed. Preescolar y propugno una mayor cooperación entre familia y centros educativos. Avance más significativo fue la articulación interna de la etapa, reconociendo dos tipos de centros preescolares: Jardín de infancia: niños 2-3 años con planes semejantes a hogar. Escuela de párvulos: niños 4-5 años orientada a desarrollar las virtudes del niño y prepararlo para la ed. Postobligatoria. La Educación Preescolar comprende:
- Juegos
- Actividades de lenguaje, incluida, en su caso, la lengua nativa.
- Expresión rítmica y plástica.
- Observación de la naturaleza.
- Ejercicios lógicos y pre-numéricos.
- Desarrollo del sentido comunitario.
- Principios religiosos y actitudes morales.
Tiene una metodología activa para lograr el desarrollo de la espontaneidad, la creatividad y la responsabilidad. Supone un cambio basado en la Escuela Nueva.
LOGSE (1990) Gobierna el PP
- Educación Infantil (0 – 6 años).
- Primer ciclo: 0 a 3 años.
- Segundo ciclo: 3 a 6 años.
- No obligatioria. Gratuita en los centros públicos.
- Educación Primaria ( 6 a 12 años) tres ciclos de dos años cada uno. Obligatoria y gratuita.
- Profesores de Primaria y especialistas: Ed. Física, idioma, música y ed. Religiosa.
- Educación Secundaria: Obligatoria (ESO) 12 a 16 años. Dos ciclos de dos cursos cadauno. Obligatoria y gratuita.
- Postobligatoria: Bachillerato y FP.
- Supone la consolidación de esta etapa dentro de nuestro sistema educativo.
La EDUCACIÓN INFANTIL se sitúa dentro de las enseñanzas de régimen general constituyéndose en la primera etapa del sistema educativo. La LOGSE dota a la Educación Infantil de un carácter formativo específico. Se publica el DISEÑO CURRICULAR BASE para esta etapa, con un enfoque abierto y flexible. Su finalidad es establecer una norma prescriptiva básica para todos los centros del país. La Ley determina que la Educación Infantil será impartida por maestros con la especialización correspondiente. También se contempló que en el primer ciclo, los centros dispondrían de otros profesionales con la debida cualificación para proporcionar a los niños de esta edad una atención educativa apropiada.
LOE (2006)
- Principios Generales:
- Proporcionar una educación de calidad para todos los ciudadanos de ambos sexos, en todos los niveles del sistema educativo.
- Colaboración de todos los componentes de la comunidad educativa. (El esfuerzo compartido)
- Compromiso decidido con los objetivos educativos planteados por la Unión Europea para los próximos años.
Sistema educativo LOE:
- Ed. Infantil (1er ciclo 0-3; 2º ciclo 3-6).
- Ed primaria
- Ed. Secundaria obligatoria. (Ed. Básica hasta los 16).
- Ed. Secundaria postobligatoria (posterior 16; Bach, FP, enseñanzas deportivas, enseñanzas profesionales.
- Ed. Superior: enseñanza uni, enseñanzas artísticas superiores, FP, enseñanzas deportivas grado superior.
- Ed. De régimen especial (enseñanza de idiomas, artísticas, deportivas).