La Evolución de la Regulación Ambiental: Del Control Compartimentado a la Directiva IPPC 96/61/CE
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1.2. La Transición del Control Ambiental: Del Enfoque Compartimentado al Régimen Integrado
El Tratamiento Tradicional del Medio Ambiente
Se trata de un replanteamiento del tratamiento tradicional del medio ambiente (vigente durante los últimos 20 años). El tratamiento tradicional establecía regímenes separados de control de la contaminación (aire, agua, suelo), lo que generaba consecuencias negativas para los medios no previstos y otorgaba un margen de actuación muy amplio para la industria contaminante.
En definitiva, esta era una visión de compartimentos que no preveía en absoluto la interconexión existente entre los medios naturales.
Implementación del Régimen Integrado (Directiva IPPC)
Con el régimen integrado, se abordan los impactos o efectos de los procesos industriales sobre los diferentes medios naturales, pero ya vistos como un todo interrelacionado. Se aplica una visión holística.
La consecuencia jurídica de este cambio es evidente, plasmándose en una Directiva Comunitaria: la Directiva 96/61 de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
Nos encontramos ante una norma que ineludiblemente deben adoptar las legislaciones estatales, lo que a su vez arrastrará a las autonómicas.
Transposición Normativa en España
En España, esta transposición se realizó desde el punto de vista estatal por la Ley 16/2002 y en Cataluña por la Ley 3/1998.
Esta sería, sin duda, la primera consecuencia jurídica de calado.
Objeto de la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrados de la Contaminación (IPPC)
A su vez, la Ley 16/2002, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, que transpone a nuestro ordenamiento la Directiva 96/61/CE y la Directiva 99/13/CE, tiene por objeto: