Exención y No Sujeción Tributaria: Base y Cuota en el Derecho Tributario Español

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 2,87 KB

Exención y No Sujeción Tributaria

Hemos dicho que el hecho imponible da lugar a la cuota tributaria, pero en los supuestos de no sujeción, significa que son situaciones en las que no se ha realizado el hecho imponible; por tanto, no nace la obligación tributaria y, en consecuencia, no habrá lugar a la cuota tributaria. Es decir, todos aquellos supuestos en los cuales no se realice el hecho imponible serán supuestos de no sujeción.

La exención supone, en todos los casos, que se ha realizado el hecho imponible, pero el legislador ha previsto otro supuesto de hecho cuya realización impide que nazca la obligación tributaria.

El artículo 22 de la LGT define la exención de la siguiente manera:

"Son supuestos de exención aquellos en que, a pesar de realizarse el hecho imponible, la ley exime del cumplimiento de la obligación tributaria principal".

Métodos de Determinación de la Base Imponible

La base imponible es la magnitud de dinero, o de otra naturaleza, que resulta de la medición o valoración del hecho imponible.

Existen tres sistemas para la determinación de la base imponible:

1. Estimación Directa

Este sistema de determinación de la base imponible se basa en la medición de la cuantía exacta de los ingresos y los gastos (I-G).

2. Estimación Objetiva o por Módulos

En este sistema, la medida de la base no se realiza de forma directa, sino que se utilizan ciertos signos, índices o módulos que establece el Ministerio de Economía y Hacienda en función de la actividad que se realiza.

3. Estimación Indirecta

Este sistema de determinación de la base imponible se aplica de forma subsidiaria a los otros dos, y únicamente se aplicará en los siguientes casos:

  • a) Falta de presentación de declaraciones o presentación de declaraciones incompletas o inexactas.
  • b) Resistencia, obstrucción, excusa o negativa a la actuación inspectora.
  • c) Incumplimiento sustancial de las obligaciones contables o registrales.
  • d) Desaparición o destrucción, aun por causas de fuerza mayor, de los libros y registros contables o de los justificantes de las operaciones anotadas en los mismos.

Cuota Tributaria

En derecho tributario, se denomina "cuota tributaria" a la cantidad de dinero que el sujeto pasivo ha de pagar para la extinción de la deuda tributaria. Existen dos formas para determinar la cantidad a pagar:

  1. En los tributos fijos, la ley establece el hecho imponible y directamente una cantidad a pagar, como sucede en las tasas.
  2. En los tributos variables, esta cantidad se determina en función de dos elementos, que son la base imponible y el tipo de gravamen.

Entradas relacionadas: