Eximentes Penales: Causas de Justificación y Límites del Exceso en el Derecho Penal

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Causas de Justificación en el Derecho Penal

En el ámbito del Derecho Penal, diversas situaciones pueden eximir de responsabilidad a quien realiza una conducta típica, al considerarse que su acción está justificada. A continuación, se detallan algunas de estas causas:

1. Aborto No Punible

El aborto no punible admite como causas de justificación: la necesidad, la eugenesia y el sentimiento de afecto de la mujer. Nuestro Código Penal (C.P.) contiene los requisitos típicos para justificar esta conducta en el art. 86, párr. 2, incs. 1 y 2.

2. Delitos contra el Honor

En los delitos contra el honor, el art. 111 establece que “el acusado de injurias solo podrá probar la verdad de la imputación en los casos siguientes: inc. 1º, si la imputación hubiere tenido por objeto defender o garantizar un interés público actual”. Sobre el interés acusador protegido por el art. 110.

3. Intimidad del Domicilio

La intimidad del domicilio cede ante la situación de quien penetra en un domicilio ajeno para “...evitar un mal grave a sí mismo, a los moradores o a un tercero, ni a quien lo hiciera para cumplir un deber de humanidad o prestar auxilio a la justicia” (art. 152 del C.P.).

El Exceso en las Causas de Justificación

Al realizar una conducta justificada, puede suceder que el autor traspase los límites permitidos por la ley y la necesidad. El fundamento de punir el exceso radica en condicionar la reacción, impidiendo la injusticia de una acción desmedida por parte del afectado.

El exceso tiene un contenido culposo; simultáneamente, la doctrina considera que posee igualmente un contenido doloso.

Diferenciación entre Exceso y Abuso

Es crucial diferenciar entre:

  • Exceso: Como un delito culposo. Presupone que el autor obre dentro de la justificante respectiva y que su conducta vaya más allá de lo permitido.
  • Abuso: Como un delito doloso.

El autor no tendrá pena por ausencia de culpabilidad cuando la culpa provenga del error esencial e inculpable (caso de las eximentes putativas) o cuando la perturbación del ánimo se origine en la amenaza de sufrir un mal grave e inminente.

Manifestaciones del Exceso

  • En el estado de necesidad: Resulta de la producción de un mal que no es el menor entre los posibles para evitar el mal mayor.
  • En el cumplimiento de la ley, el ejercicio legítimo de un derecho, autoridad o cargo: El exceso surge de haber sobrepasado los límites fijados por la ley.
  • En la legítima defensa: Nos encontramos en exceso cuando persiste la acción de defensa a pesar de que el peligro ya ha pasado; cuando los medios no son racionales respecto a la agresión; o cuando ha mediado provocación suficiente por parte de quien se defiende. Estos dos últimos se denominan exceso en los medios y exceso en la causa, respectivamente.

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