Expropiación Forzosa: Fases Legales, Requisitos y Determinación del Justiprecio

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Procedimiento de Expropiación Forzosa: Fases y Requisitos Legales

El procedimiento expropiatorio tiene una importancia esencial para considerar la expropiación como válida. Si se incumple o se omite el procedimiento, se incurre en un vicio de nulidad.

Fases del Procedimiento Expropiatorio

Los trámites del procedimiento expropiatorio se pueden sintetizar en cuatro fases:

  1. Declaración de utilidad pública o interés social.
  2. Acuerdo de necesidad de ocupación de los bienes expropiados.
  3. Determinación y pago del justiprecio.
  4. Pago y toma de posesión de los bienes o derechos expropiados.

1. Declaración de Utilidad Pública o Interés Social

Para proceder a la expropiación forzosa, será indispensable la previa declaración de utilidad pública o interés social del objeto expropiatorio. Esta declaración deberá hacerse por ley, salvo en los casos en los que se admite la declaración implícita de utilidad pública.

2. Acuerdo de Necesidad de Ocupación de los Bienes Expropiados

Este acuerdo tiene cuatro finalidades principales:

  • Determinar quiénes van a ser los expropiados.
  • Determinar cuáles serán los bienes objeto de la expropiación.
  • Autorizar la sustitución de los bienes que se van a expropiar por otros.
  • Solicitar, en los casos de expropiación parcial, la expropiación total por resultar antieconómico el bien que le queda al expropiado.

La Administración expropiante o el beneficiario deberán seguir los siguientes pasos:

  • Elaborar de forma detallada la descripción jurídica y económica de los bienes, es decir, los bienes, los titulares de los mismos, etc.
  • Se abre un período de información pública durante 15 días, durante los cuales los interesados y particulares pueden plantear cualquier alegación, rectificación y observación sobre el fondo y la forma.
  • La Administración, una vez recibe esos documentos, tiene un plazo de 20 días para examinar y calificar los escritos que se han presentado.
  • Dictará el acuerdo de necesidad de ocupación.

3. Determinación y Pago del Justiprecio

Para que se considere una expropiación, es necesaria la indemnización correspondiente, que puede ser posterior. Lo que se debe indemnizar es una cantidad que corresponda al valor real del bien o derecho de carácter patrimonial, excluyéndose el valor fiscal.

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