Extinción del Contrato de Trabajo: Causas y Características

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La Extinción del Contrato de Trabajo

La **extinción del contrato de trabajo** es la terminación de la relación laboral entre la empresa y el trabajador cuando se da alguna de las causas válidas para ello. Las causas que pueden dar lugar a la extinción del contrato son las siguientes:

1. Por Expiración del Tiempo Convenido

Los contratos temporales se extinguen cuando se alcanza el plazo estipulado en ellos para su finalización.

Características:

  • Si el trabajador permanece prestando sus servicios laborales una vez alcanzado el momento de la finalización, el contrato se considera prorrogado automáticamente hasta su duración máxima legal.
  • Si el contrato de duración determinada es superior a un año, quien rescinda el contrato (trabajador o empresario) está obligado a notificarlo con una antelación mínima de 15 días.

2. Por Voluntad del Trabajador

El trabajador puede rescindir el contrato de trabajo unilateralmente, sin alegar causas o con causas justificadas.

Dimisión del Trabajador sin Alegar Causas:

Un trabajador puede dimitir sin alegar causas, con la obligación de preavisar al empresario con la antelación prevista en el contrato.

Dimisión del Trabajador con Causas Justificadas:

  • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo que afecten negativamente a su formación profesional o supongan un menoscabo en su dignidad.
  • Falta o retraso continuado en el abono de los salarios.
  • Incumplimiento grave del empresario.
Características:
  • El trabajador debe solicitar la extinción de la relación laboral en el juzgado de lo social.
  • La indemnización será la estipulada para el despido improcedente.

3. Despido por Causas Objetivas

El empresario puede extinguir la relación laboral cuando se presenten algunas de las siguientes causas objetivas legalmente reconocidas:

  1. Ineptitud del trabajador.
  2. Falta de adaptación.
  3. Necesidad objetivamente acreditada de amortizar puestos de trabajo.
  4. Faltas de asistencia al trabajo.
  5. Falta de consignación presupuestaria.

Características del Despido por Causas Objetivas:

  • El empresario debe notificar el despido por escrito y especificando las causas con una antelación mínima de 30 días.
  • El trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de doce mensualidades.
  • El trabajador tiene derecho a disfrutar de una licencia semanal de seis horas retribuidas durante el periodo de preaviso para facilitarle la búsqueda de un nuevo empleo.
  • El trabajador podrá recurrir como si se tratase de un despido disciplinario.

4. Despido Colectivo

La empresa despide a una parte o a la totalidad de la plantilla basándose en causas técnicas, económicas, organizativas o de producción, siempre que se busque mejorar la situación de la empresa.

Características del Despido Colectivo:

  • La tramitación del despido colectivo debe realizarse a través de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
  • Los trabajadores tienen derecho a recibir una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

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