Extinción del Contrato de Trabajo: Causas y Consecuencias
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Extinción del Contrato de Trabajo
Es el fin de la relación laboral y, por tanto, de las obligaciones del trabajador y del empresario.
A. Extinción por Voluntad Unilateral del Empresario
1) Despido Disciplinario
Debido a un incumplimiento grave y culpable del contrato por parte del trabajador.
- Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o de puntualidad.
- Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
- Ofensas verbales o físicas al empresario o a los compañeros de trabajo.
- Vulneración de la buena fe contractual y el abuso de confianza en el trabajo.
- Embriaguez y toxicomanía habitual del trabajador si repercuten negativamente en el trabajo.
2) Despido por Causas Objetivas
Son las circunstancias ajenas a la voluntad del trabajador.
- La ineptitud conocida o sobrevenida después de que la empresa haya contratado a ese trabajador (pérdida de un conductor de su carnet de conducir, pérdida licencia para ejercer una profesión, falta titulación si se exige de forma sobrevenida para el trabajo...).
- La falta de adaptación a las modificaciones técnicas del puesto de trabajo (razonables, como a la tecnología).
- La amortización de los puestos de trabajo por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción.
Una ausencia en el trabajo afecta a toda la jornada, no se trata de una simple falta de puntualidad.
No se consideran ausencia:
- Una huelga legal.
- Actividades de representación legal de los trabajadores.
- Accidente de trabajo.
- Bajas por embarazo, lactancia, maternidad y paternidad.
- Enfermedad o accidente no laboral de más de 20 días consecutivos.
- Bajas por violencia de género.
- Tratamientos de cáncer o enfermedad grave.
3) Despido Colectivo
Es la extinción de contratos de trabajo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, cuando en un periodo de 90 días afecte como mínimo al 10% de la plantilla.
Siempre debe ir precedido de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores.
B. Extinción por Voluntad Unilateral del Trabajador
B.1 Dimisión del Trabajador
No tiene por qué dar explicaciones al empresario. Debe respetar el preaviso correspondiente que marca el convenio o la costumbre. Sin derecho a indemnización ni a prestación de desempleo.
B.2 Abandono del Trabajador
Deja su puesto de trabajo sin preaviso. El empresario le puede reclamar daños y perjuicios.
B.3 Incumplimiento Grave del Empresario
Que falta gravemente a las condiciones del contrato por lo que el trabajador puede solicitar su extinción.
- Modificación sustancial de las condiciones de trabajo sin respetar la formación profesional y que repercuta en la dignidad del trabajador.
- La falta de pago o los retrasos continuados en el abono del salario.
- Otros incumplimientos (mobbing, acoso psicológico...).
El trabajador ha de probar estas causas y solicitar la extinción del contrato en el juzgado de lo social. Pero hasta que no haya sentencia ha de seguir trabajando en la empresa. Si es favorable tiene derecho a una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.