Extinción del Contrato Laboral: Causas Objetivas y Calificación del Despido

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Causas Objetivas de Extinción del Contrato Laboral

4) Faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas, pero inminentes, cuando superen los límites establecidos en el Estatuto de los Trabajadores (ET).

Forma y Efectos de la Extinción por Causas Objetivas

El empresario debe comunicar por escrito al trabajador la causa que da lugar a dicha extinción. Además, debe poner a disposición del trabajador la indemnización correspondiente a 20 días de salario por cada año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Si se alega causa económica y, como consecuencia de ello, no fuese posible poner a disposición del trabajador la indemnización, este hecho deberá constar en la comunicación escrita.

Se debe considerar en favor del trabajador un plazo de preaviso de 15 días desde la comunicación hasta la extinción del contrato. Durante este periodo, el trabajador (o su representante legal en caso de incapacidad) tendrá derecho a un permiso de 6 horas semanales para buscar nuevo empleo, sin pérdida de retribución.

Contra la decisión del empresario, se podrá actuar como si se tratase de un despido disciplinario.

Calificación del Despido

El despido podrá calificarse como procedente, improcedente o nulo.

Despido Procedente

Cuando quede acreditada la causa alegada por el empresario.

Despido Improcedente

Cuando no quede probada la causa alegada o cuando no se hayan cumplido los requisitos de forma establecidos en la normativa.

Despido Nulo

Por causas de discriminación prohibidas por la ley.

Consecuencias de la Calificación del Despido

  • Despido Nulo: Se procederá a la readmisión inmediata del trabajador en las mismas condiciones anteriores al despido, además de abonarle los salarios dejados de percibir.
  • Despido Improcedente: El empresario tiene un plazo de 5 días, a contar desde la notificación de la sentencia, para optar entre:
    1. Readmisión del trabajador: En este caso, el trabajador tiene derecho a recibir los salarios de tramitación (la cantidad devengada desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia que declara el despido improcedente).

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