Facturas electrónicas y FACe: obligaciones de las administraciones públicas desde 2015

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FACe es el punto general de entrada de facturas electrónicas.
Permite a los organismos de las administraciones públicas que aceptan la recepción de facturas y que están previamente dados de alta en el sistema.
//La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, prevé la posibilidad de que todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la AAPP puedan expedir y remitir facturas, siendo obligatorio el uso de la factura electrónica y su presentación a través del punto general de entrada que corresponda para determinados tipos de proveedores a partir del 15 de enero de 2015.
//Todas las AAPP, estatal, autonómica y local, deben disponer de un punto general de entrada a través del cual, a partir del 15 de enero de 2015, se recibirán todas las facturas. Estos puntos deben cumplir con los requisitos técnicos y funcionales que garanticen la integridad, seguridad e interoperabilidad de los distintos sistemas y que ya han sido determinados reglamentariamente con carácter básico para el conjunto de las AAPP por la Orden AP/1074/2014, de 24 de junio, por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el punto general de entrada de facturas electrónicas, publicada en el BOE el pasado 25 de junio.
Todas las AAPP, AGE, CC.AA. y EELL que dispongan de su propio punto general de entrada, a través del cual reciban a partir del 15/1/2015 las facturas, deben ya adaptarse y cumplir con los requisitos técnicos y funcionales previstos en dicha orden. Asimismo, deben actualizar los datos y códigos correspondientes en el Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas (DIR3) de acuerdo con las instrucciones facilitadas por la Secretaría de Estado de AAPP.
No obstante, cabe recordar que tanto las CCAA como las EELL pueden adherirse a la utilización del punto general de entrada denominado FACe, que les proporcionará las funcionalidades previstas para dicho punto respecto de las facturas de sus proveedores.
//En caso de adhesión a la utilización de la plataforma FACe, deberán comprometerse a aceptar las condiciones previstas en la Resolución de 25 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de AAPP, por la que se establecen las condiciones de uso de la plataforma FACe - Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas.


//A partir del 15 de enero de 2015, los proveedores de la Diputación que sean SA, SRL, uniones temporales de empresas y el resto de entidades definidas en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, tienen la obligación de presentar facturas en el punto general de entrada habilitado a tal efecto.
El resto de proveedores también se pueden beneficiar de las ventajas de presentarnos facturas electrónicas.
Se informa que, por acuerdo plenario de fecha 5/2/2015, quedan excluidas de la obligación de presentación de facturas aquellas cuyo importe sea hasta 3.000,00 €.
Sistema de contabilidad integrado que cumple con los requisitos legales recogidos en la actual legislación sobre y en materia contable.
Objetivos:
Registro de todas las operaciones de naturaleza presupuestaria, económica, financiera y patrimonial que se produzcan en la entidad, así como suministro de información para la toma de decisiones, además de la rendición de cuentas y elaboración de las cuentas anuales del sector público.
Características principales:
Tramitación de gastos, ingresos y no presupuestaria (corrientes, cerrados y futuros) en multiaplicación y multiproyecto integrado con firma electrónica (Portafirma).
Gestión de proyectos de gastos y G.F.A.S. y gestión de pagos a justificar.
Elaboración descentralizada del presupuesto, tramitación y aprobación del anteproyecto.
Tesorería (pagos y cobros).
Registro de facturas, integración contable con la nómina.
Rendición de cuentas (Cámara de Cuentas de Andalucía, Tribunal de Cuentas y Ministerio de Economía y Hacienda).
Especificaciones técnicas:
Equipamiento necesario para BD Oracle.
Requisitos para la instalación del cliente / usuarios de la aplicación: Windows XP o superior.

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