La Familia y los Derechos del Niño: Un Análisis desde la Perspectiva Social
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La Familia y los Derechos del Niño
Familia
Familia: Grupo con vínculo de convivencia, que viven bajo el mismo techo.
Artículo 21: Derecho al Disfrute de sus Padres y Familia
- Este artículo obliga a que las familias creen un ambiente cálido para sus hijos.
- El núcleo familiar debe ser el mejor lugar para el crecimiento pleno, la familia es la base.
- El niño no puede ser separado de su familia por situación económica. El estado ayudará con comedores y salud pública. Los padres están obligados a buscar mecanismos para poder cuidar a su hijo.
- Pueden ser separados cuando no los cuidan o protegen.
- Solo puede ser separado en su interés superior, en protección del niño, con orden del juez. Se le buscará un hogar sustituto (familia, INAU, otra familia). Cada caso es individual, cada uno se evalúa en particular.
- Aunque se separe, se permite el contacto afectivo con sus padres.
- Cuando el niño no tiene familia, se le buscará un hogar de crianza (no lugar de adopción).
- El último recurso son instituciones transitorias.
- El artículo busca proteger a los niños de los adultos, el estado velará por todas estas cosas.
Estructuras Familiares
- Nuclear: Una pareja, unida en matrimonio o viviendo bajo el mismo techo, con hijos.
- Extendida: Familia nuclear viviendo bajo el mismo techo con otros integrantes.
- Monoparental: Uno de los padres vive bajo el mismo techo con los hijos (se puede agregar otro familiar).
- Reconstituida: Pareja unida en matrimonio/concubinaria con hijos de parejas anteriores viviendo bajo el mismo techo, también se pueden incluir hijos de la pareja.
- Cohabitación: Parejas que viven bajo el mismo techo con vínculos afectivos que producen el sentimiento de familia.
Artículo 40: La Familia como Agente Socializador
Este artículo explica concretamente por qué la familia es el principal agente en el proceso de socialización. Dice que es la "base de nuestra sociedad" ya que con esta se adquieren hábitos, normas, modelos, etc.
Artículo 41: Derecho a Espacios Adecuados
Cada habitante merece tener espacios adecuados para el desarrollo humano y sus determinadas actividades. Tiene este derecho, como el de cuidar y mantener equilibrados estos espacios para generaciones futuras.
Artículo 42: Igualdad para Todos los Hijos
Los hijos, tanto propios como fuera del matrimonio, merecen lo mismo por parte de los padres; estos deben cumplir con su deber de padre con cualquier tipo de hijo. En la maternidad, cualquiera sea el caso, se tiene derecho a la protección del Estado en caso de desamparo.