Filosofía Política: Locke y Rousseau sobre el Estado y la Sociedad

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John Locke (Siglo XVII): El Estado de Naturaleza y el Contrato Social

Para John Locke, en el estado de naturaleza, el ser humano es racional, sociable y cooperativo. La razón revela que todos son iguales en derechos naturales (derecho a la vida, la libertad y la propiedad) y que estos deben salvaguardarse. El ser humano percibe que sus derechos estarían aún más protegidos en un Estado político regido por leyes y con la autoridad de los gobernantes. Esto permite establecer normas y procesos jurídicos más objetivos.

Locke no defiende un Estado absolutista (que concentre unitariamente todos los poderes), sino que afirma la existencia de derechos individuales anteriores al Estado. Así pues, Locke defiende un liberalismo político, cuyo gobierno se decide mediante una asamblea que representa al pueblo. Sin embargo, no todos tienen derecho a elegir a quienes han de ejercer el poder político o a ser elegidos para ejercerlo. Los carentes de hacienda y propiedad (mendigos, sirvientes, desempleados, trabajadores) no son considerados por Locke como ciudadanos o miembros de pleno derecho de la sociedad política ya constituida. A esto se suma la exclusión de las mujeres, esclavos e indígenas.

La misión principal del Estado es proteger tres derechos naturales fundamentales:

  • La vida
  • La libertad
  • La propiedad privada

Además, el Estado debe proteger el derecho a defender estas libertades individuales. El ciudadano cede estos derechos al Estado mediante un consenso recogido por escrito en una constitución.

Locke divide el Estado en tres poderes:

  • Poder Legislativo: Reside en el pueblo que, directamente o por delegación, establece las leyes.
  • Poder Ejecutivo: (Que incluye el poder judicial) Pone en práctica las leyes y vigila su cumplimiento.
  • Poder Federativo: Se encarga de las relaciones y acuerdos internacionales.

Esta división de poderes asegura que una parte del Estado (los representantes del pueblo) controle a la otra (el gobierno), evitando así los abusos de poder.

Jean-Jacques Rousseau (Siglo XVIII): El Contrato Social y la Voluntad General

Para J.J. Rousseau, conocer al ser humano debe ser la tarea fundamental de nuestros esfuerzos. Solo comprendiendo qué es realmente el ser humano podremos entender los males que padece y proponerles remedio. Para ello, Rousseau propone un ejercicio mental: imaginar al ser humano despojado de todos los atributos que la sociedad le ha ido imponiendo. Así, nos encontramos con el ser humano en su estado natural, con la auténtica naturaleza humana.

Este estado de naturaleza es una hipótesis de trabajo (no una realidad histórica) para comprender cómo se ha producido el desarrollo del ser humano hasta la situación actual. A través del concepto del mito del buen salvaje, Rousseau explica que los hombres en el estado natural eran independientes, buenos y felices. También poseen una serie de instintos, de los cuales destacan dos: el amor de sí (un egoísmo positivo) y la compasión.

Sin embargo, algo ocurre que impulsa al ser humano a unirse en sociedad (por ejemplo, un cataclismo o la escasez de recursos). Una vez analizado el origen y el fundamento de la desigualdad, Rousseau se pregunta: ¿cómo deberían ser las relaciones sociales, las instituciones de la sociedad y sus leyes para que el ser humano recobre la libertad e igualdad perdidas en el desarrollo social?

El único fundamento legítimo de la sociedad solo puede encontrarse en un pacto, en un contrato entre individuos libres y en situación de igualdad. En el contrato social, cada individuo cede sus intereses particulares en favor del interés común. El individuo no pierde sus derechos, sino que se subordina a las leyes que él mismo ha contribuido a instaurar, cediendo parte de su libertad y autonomía al Estado mediante una democracia directa.

Por ello, la voluntad común no puede ser solo la suma de las voluntades individuales, sino que debe ser una voluntad general. La voluntad general es el conjunto de voluntades orientadas a la consecución de un interés común: el bien de la sociedad. Para Rousseau, el pueblo es el único soberano legítimo porque su interés no puede ser contrario al de los ciudadanos que lo componen. Por tanto, no puede ser despótico: no puede abusar de su poder ni violar las leyes que él mismo se ha dado.

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