Formación y desaparición de los Estados: procesos jurídicos y políticos

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¿Cómo comienza la existencia de un Estado?

Los Estados pueden surgir de diversos modos. Lo típico hasta mediados del siglo pasado era que:

  • Una colonia declara su independencia y se separa de la metrópoli.
  • Dos o más Estados se fusionan para formar un nuevo Estado.
  • Varios Estados nuevos surgen del desmembramiento de un Estado antiguo.
  • Una comunidad se constituye en Estado dentro de un territorio que no pertenece a nadie (terra nullius).

En todo caso, el Estado tiene existencia legal desde que se reúnen los elementos constitutivos. En este y en otros dominios del Derecho Internacional prevalece el principio de la efectividad.

La mera declaración de independencia no es suficiente para constituir un Estado. Tampoco la falta de legitimidad de la nueva entidad respecto de la antigua metrópoli es un obstáculo absoluto para impedir esta constitución.

Extinción de los Estados

Los Estados pueden extinguirse por fusión, por incorporación voluntaria o forzosa a otro Estado, y como producto del desmembramiento.

Fusión

Por fusión, dos o más Estados se unen para formar un nuevo Estado que resultará más extenso. En tal caso, los Estados que se unen pierden su identidad internacional.

Incorporación y anexión

Un Estado puede incorporarse o anexarse a otro, del cual pasa a formar parte. A veces puede ser dudoso si estamos en presencia del primer caso nombrado (fusión, que hace surgir a un nuevo Estado) o si estamos ante una incorporación o anexión, que implica la continuidad de uno de los Estados predecesores.

Los terceros Estados se inclinan a reconocer que existe incorporación o anexión cuando la población de uno de los Estados predecesores ha tenido una parte más activa en la realización de esta unión y esa población sigue siendo numérica y políticamente dominante en el Estado ampliado. Es por esta razón que Italia es considerada como resultado de la hegemonía del Reino de Piamonte.

Desmembramiento

Un Estado puede dividirse en varias partes, cada una de las cuales va a pasar a formar un Estado nuevo. En este caso, el Estado desmembrado pierde su identidad internacional, no existiendo una identidad real entre uno de los Estados nuevos y el Estado sucesor. Diferente es el caso en que el desmembramiento deja subsistente al Estado predecesor, aun cuando con su territorio reducido como producto de la separación.

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