Fragmento de las 7 Partidas y Carta Puebla en el Derecho Español
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Fragmento de las 7 Partidas
Fragmento código 7 Partidas: obra importante de la historia del derecho español por su extensión, perfección técnica y altura literaria. Fuente de conocimiento directo, texto jurídico normativo con rango de ley y ámbito de aplicación territorial. Redactado por Alfonso X el Sabio, hijo de Fernando III el Santo en el siglo XIII durante la baja edad media, pero no se promulgó hasta 1348 por Alfonso XI. El fragmento muestra dar entrada al derecho común, se explica qué es la costumbre y la capacidad de la costumbre para interpretar una ley cuando surjan dudas sobre ella. Han de ser guardadas las leyes que fueron redactadas en fechas posteriores y que prevalecerán ante las antiguas costumbres. Es el fragmento de la 1ª Partida ya que trata sobre las fuentes del derecho. Contextualización: tiene gran relevancia por el derecho territorial el común y otras obras de este autor. El derecho territorial también parte de las costumbres, las costumbres se van territorializando y el derecho tiende a hacerse uniforme, un derecho común. Las costumbres y las hazañas se van asumiendo en base a la costumbre, este derecho se va a poner por escrito desde mediados del siglo XIII. Un gran ejemplo de ello es este fragmento de las 7 Partidas. Las 7 Partidas tuvieron enorme éxito e inspiraron las decisiones de los tribunales reales y sirvieron para la formación de quienes se dedicaban a las leyes.
Carta Puebla
Texto jurídico, texto normativo con rango de ley, conocimiento directo del derecho alto‐medieval (reino astur), aplicación local. Fecha: año 824, s9. Autoría: otorgado por Nuño Nuñez. Síntesis: concesión de la Carta Puebla a los habitantes que van a entrar a habitar a Brañosera (delimita el espacio donde se va a otorgar) y los privilegios de los que van a gozar. El hecho histórico de la repoblación (invitar a la gente a que pueble espacios vacíos, sin moradores) supone necesidades jurídicas. Esta carta es la escritura de propiedad de los pobladores. Formación del derecho local y la concesión de privilegios e inmunidades. El derecho local se recoge a través de fueros y cartas pueblas. Se crea a partir de la iniciación de una corriente de creación del derecho y debido a la existencia de pluralidad de ordenamientos jurídicos. Ejemplo de privilegio: "anubda" labor de vigilancia a la que están obligados los moradores, sin embargo en el texto se establece que están por no hacerlo.