Fuentes del Derecho Laboral en España: Jerarquía Normativa y el Estatuto de los Trabajadores
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Fuentes del Derecho Laboral en España: Artículo 3 del Estatuto de los Trabajadores y Principios
El Derecho Laboral se rige por una serie de fuentes jerárquicas que establecen los derechos y obligaciones en las relaciones laborales. El Artículo 3 del Estatuto de los Trabajadores (ET) es fundamental para comprender esta estructura.
Artículo 3 del Estatuto de los Trabajadores: Principios Reguladores
El Artículo 3 del ET establece las siguientes fuentes para la regulación de los derechos y obligaciones laborales:
- Por las disposiciones legales y reglamentarias del Estado.
- Por los convenios colectivos.
- Por la voluntad de las partes, manifestada en el contrato de trabajo, siendo su objeto lícito y sin que en ningún caso puedan establecerse en perjuicio del trabajador condiciones menos favorables o contrarias a las disposiciones legales y convenios colectivos antes expresados.
- Por los usos y costumbres locales y profesionales.
Disposiciones Legales y Reglamentarias del Estado
Las normativas estatales constituyen la base del ordenamiento jurídico laboral. A continuación, se detallan las principales:
1. Constitución Española: Principios Básicos y Derechos Fundamentales
La Constitución Española (CE) es la norma suprema y establece los pilares del Derecho Laboral:
- Art. 1.1 CE: España se configura como un Estado social y democrático de Derecho.
- Art. 9.2 CE: Promueve la igualdad material efectiva para todos los ciudadanos.
- Art. 7 CE: Reconoce el papel de las organizaciones sindicales y patronales.
Derechos Fundamentales (Art. 28 CE)
- Art. 28 CE: Derecho a la libre sindicación.
Otros Derechos Constitucionales (Derechos de menor rango fundamental)
- Art. 35 CE: Derecho al trabajo.
- Art. 37 CE: Derecho a la negociación colectiva.
- Art. 38 CE: Derecho a la libertad de empresa.
- Art. 41 CE: Derecho a la Seguridad Social.
2. Tratados Internacionales Incorporados al Ordenamiento Jurídico
Los tratados y acuerdos internacionales ratificados por España forman parte de su ordenamiento interno y son una fuente crucial del Derecho Laboral:
- Convenios de la OIT (Organización Internacional del Trabajo)
- Convenio Europeo de Derechos Humanos
- Carta Social Europea
- Tratados, Reglamentos y Directivas de la Unión Europea
La relevancia de estos tratados se subraya en la propia Constitución:
Art. 96.1 CE: “Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones solo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional.”
Art. 10.2 CE: “Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.”
3. Leyes y Reglamentos Nacionales
Por debajo de la Constitución y los tratados internacionales, encontramos las leyes y reglamentos específicos que desarrollan el marco laboral:
- Estatuto de los Trabajadores (ET): Norma general y mínima que regula las relaciones laborales.
- Ley General de la Seguridad Social
- Ley de Prevención de Riesgos Laborales
- Ley de Igualdad
- Ley Reguladora de la Jurisdicción Social
Es importante destacar que ninguna ley puede ser contraria a la Constitución, ni, en principio, a los tratados internacionales.
Jerarquía del Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores (ET), aunque es una ley, posee una posición particular en la jerarquía normativa laboral:
- Está al mismo nivel que otras leyes como la Ley General de la Seguridad Social o la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
- Prevalece sobre los Convenios Colectivos, sobre los contratos de trabajo y sobre los usos y costumbres.