Fuentes del Derecho Laboral: Leyes, Reglamentos y Normas en la UE y España
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TM2: Fuentes comunes del Derecho del Trabajo
Este documento recoge y organiza las distintas fuentes del Derecho Laboral, tanto en el ámbito internacional y comunitario como en el nacional. Se incluyen definiciones, clases de normas y los principios específicos aplicables al Derecho del Trabajo.
Fuentes internacionales
Normas internacionales: Son normas que tienen su origen en la sociedad internacional y en sus organismos especializados. Se manifiestan en tratados internacionales y, una vez ratificadas por el país, pasan a formar parte del ordenamiento interno. Esto determinó la aparición de un Derecho Internacional del Trabajo.
Normas que producen los órganos internacionales:
- Convenios
- Recomendaciones
- Resoluciones
Normas comunitarias (Unión Europea / CEE)
Derecho originario
- Tratados fundacionales de la CEE
- Modificación de tratados fundacionales
- Tratados de adhesión a la CEE
- Protocolos anexos a los Tratados
Derecho derivado
- Reglamentos
- Directivas
- Decisiones
- Recomendaciones
Política de la UE
La política de la Unión Europea descansa en cuatro pilares en materia económica y de mercado:
- Libertad de circulación de trabajadores
- Libertad de circulación de servicios
- Libertad de circulación de mercancías
- Libertad de circulación de capitales
La política social de la UE ha evolucionado de menos a más: inicialmente con escasa intervención y aumentando con el tiempo. Un punto de inflexión fue el establecimiento del mercado único y el desarrollo del Derecho comunitario (por ejemplo, el Acta Única Europea), lo que incrementó la importancia de la regulación comunitaria en materia de empleo.
Fuentes nacionales
- Constitución
- Leyes
- Reglamentos
- Convenios colectivos
- Otras fuentes
La Constitución Española como fuente del Derecho del Trabajo
La CE constituye una fuente esencial del Derecho del Trabajo. Incluye:
- Derechos fundamentales (entre ellos, derechos específicos relacionados con el trabajo, como el derecho de huelga).
- Otros derechos constitucionales: arts. 35, 37, 38, 40, 41, 42, 52.1 y 129.
La Ley como fuente
Ejemplos relevantes de normativa legal en materia laboral:
- Estatuto de los Trabajadores (ET)
- Ley Orgánica de Libertad Sindical
- Ley de Jurisdicción Social
- Real Decreto-Ley 17/1977 y la STC 11/1981
- Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL)
El reglamento como fuente del Derecho del Trabajo
Los reglamentos son elaborados por el Poder Ejecutivo y se someten al principio de jerarquía normativa. Los reglamentos ejecutivos únicamente pueden desarrollar lo previsto en la ley; no pueden modificarla ni contrariarla.
Otras fuentes
Costumbre
La costumbre es la norma creada e impuesta por la práctica repetida, uniforme y constante de los sujetos del derecho del trabajo, y que es aceptada de forma expresa o tácita.
Jurisprudencia
La jurisprudencia es la fuente del derecho emanada de las resoluciones de los tribunales, en particular del Tribunal Supremo, en materia laboral. Sus decisiones orientan la aplicación e interpretación de las normas laborales.
Fuentes propias laborales
Entre las fuentes propias del derecho laboral destacan, de modo particular, los convenios colectivos, que regulan condiciones de trabajo aplicables a sectores, empresas o centros de trabajo concretos.
Cuestión de aplicación práctica de las normas laborales
Principios Generales del Derecho: son una fuente del Derecho que sirve de soporte a la interpretación y aplicación normativa. En el ámbito laboral existen principios específicos que complementan a los principios generales.
Principios de aplicación de las normas laborales:
- Complementan a los principios generales del Derecho.
- Son principios particulares del Derecho del Trabajo.
- Función: sirven para aplicar las normas jurídico-laborales.
Principios específicos del Derecho del Trabajo
Los principios específicos más relevantes son los siguientes:
- Principio de la condición más beneficiosa: protege las condiciones superiores que disfrute un trabajador frente a otras normas o pactos menos favorables.
- Principio de irrenunciabilidad de derechos: los derechos laborales básicos no pueden ser renunciados por el trabajador en perjuicio propio.
- Principio de la norma más favorable: aplica la norma que resulte más beneficiosa para el trabajador cuando concurran varias fuentes normativas.
- Principio pro operario: ante dudas de interpretación, la norma se debe interpretar en favor del trabajador.
Estos principios orientan la solución práctica de conflictos y la aplicación de las distintas fuentes normativas en el ámbito laboral.
Fuentes propias y complementarias: convenios colectivos, costumbre, jurisprudencia y normativa internacional y comunitaria deben considerarse conjuntamente para una correcta regulación y aplicación del Derecho del Trabajo.