Fuentes del Derecho Laboral: Reglamento, Convenios, Contratos y Más
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A continuación, se detallan las principales fuentes del derecho laboral:
Reglamento del Gobierno
El gobierno tiene la potestad reglamentaria que le permite elaborar reglamentos mediante los que se desarrollan las leyes y se regulan las relaciones entre la administración y los administrados. Pueden ser reales decretos cuando los aprueba el gobierno en pleno y órdenes ministeriales cuando los aprueba el gobierno correspondiente.
Convenios Colectivos
Son acuerdos formales entre los representantes de los trabajadores y los empresarios (y sus representantes) que regulan las condiciones laborales de los trabajadores.
Contrato de Trabajo
Es un acuerdo individual entre empresarios y trabajadores, en el que este se obliga a prestar sus servicios a aquel a cambio de una remuneración y en el que se establecen las condiciones laborales que tendrá el trabajador.
Costumbre Laboral
Es una norma creada e impuesta por el uso social y que solo se aplica en ausencia de normas, convenios colectivos o contrato de trabajo. Para poder ser aplicada, la costumbre tiene que ser local (de una localidad concreta y profesional) (para una actividad profesional determinada).
La Jurisprudencia
Es la interpretación que hace de las normas el Tribunal Supremo al resolver de manera reiterada de la misma manera recursos en casos análogos.
Principios Generales del Derecho
Los principios generales son como normas de sentido común aplicadas al derecho. En el derecho laboral existen diferentes principios generales, de los cuales vamos a ver los siguientes:
- Principio in dubio pro operario: según el cual, en caso de duda en la aplicación de una norma, se hará de la manera que más favorezca al trabajador.
- Principio de norma más favorable: según este principio, cuando se pueden aplicar dos o más normas en vigor a un mismo caso, se escogerá aquella que, en conjunto y en cómputo anual (si se trata de conceptos salariales), más favorezca al trabajador.
- Principio de irrenunciabilidad de derechos: según este principio, los trabajadores no podrán renunciar a los derechos que se les reconozcan como necesarios ni a los considerados como indispensables por convenio colectivo.