Fuentes del Derecho y Legislación en España

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Fuentes Directas y Subsidiarias

Costumbre: en sentido jurídico, la costumbre es una norma que viene creada e impuesta por el uso social continuado. En defecto o a falta de ley y reglamento. No puede ser contraria a la moral. Tiene que resultar probada.

Principios generales del derecho: se trata de principios filosóficos e ideológicos que inspiran o informan el ordenamiento jurídico.

Fuentes Indirectas

Aquellas que no pueden formar parte del ordenamiento jurídico español sin una necesaria adaptación o fuentes que orientan o pretenden indagar sobre el verdadero sentido y alcance de lo que el legislador quiso con la aprobación de una norma.

Tratados internacionales: solo formarán parte del ordenamiento interno como fuente directa.

Jurisprudencia: criterio constante y uniforme de aplicar el Derecho, mostrado en las sentencias del Tribunal Supremo.

Diferencias entre Derecho Público y Privado

Público: normas de tipo imperativo. Una de las partes tiene conferidas unas atribuciones especiales por servir al interés general. Orientadas a satisfacer al interés general. Privado: normas de carácter dispositivo. Los sujetos actúan en plano de igualdad. Intereses particulares.

Sanción: castigo por incumplimiento de una norma.

Sanción de una Ley: acto formal con el que el jefe del estado, mediante su firma, aprueba una ley.

Concurso de Acreedores: es una resolución judicial por la que se inicia el procedimiento concursal (orden de obra de los acreedores).

Legislación Delegada

Consiste en la potestad de elaborar leyes que a favor del gobierno hace el parlamento de manera que aquel pueda participar en la ordenación jurídica de la sociedad. Decreto Legislativo: las dicta el gobierno pero por delegación puede revestir de dos maneras; una a través de una ley ordinaria y otra a través de una ley de bases. Decreto Ley: los dicta el gobierno por motivos de urgencia. Estas normas no pueden afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del estado. No hay tiempo para que las cortes hagan la ley. Materia no Regulada: ordenamiento de las instituciones básicas del estado; derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el título 1 de la CE; ni el régimen de las CC.AA ni el régimen electoral general.

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