Las Fuentes del Derecho Mercantil: Ley, Usos y Mecanismos de Resolución de Conflictos
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Las Fuentes del Derecho Mercantil
Las fuentes del derecho se encuentran establecidas en el Artículo 2 del Código de Comercio, el cual dispone que:
“Son actos de comercio, sean o no comerciantes quienes los llevan a cabo, y se regirán por las disposiciones contenidas en él; en su defecto, por el uso mercantil y las normas del derecho común.”
En este precepto se enumeran las fuentes por orden de aplicación. Las fuentes del derecho se clasifican en:
Fuentes en Sentido Formal
Son las normas, es decir, la forma en que se manifiestan. El Artículo 1.1 del Código Civil establece que: “Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.” Las fuentes del derecho mercantil se corresponden con las del derecho civil.
Fuentes en Sentido Material
Son las fuerzas que producen las normas. La mayoría de las normas del derecho mercantil son dictadas por el Estado, si bien existen algunos aspectos que son legislados por las Comunidades Autónomas.
Principales Fuentes del Derecho Mercantil
1. La Ley Mercantil
Código de Comercio de 1885
Es la ley mercantil de mayor relevancia histórica, aunque actualmente se encuentra en desuso debido a la evolución de la realidad económica. Gran parte de su contenido ha sido sustituido por leyes mercantiles especiales.
Este código regula principalmente los actos de comercio comprendidos en su articulado.
Su estructura se divide en cuatro libros:
- Libro I: De los comerciantes y del comercio en general.
- Libro II: De los contratos especiales del comercio.
- Libro III: Del comercio marítimo.
- Libro IV: De la suspensión de pagos, quiebras y prescripciones.
Leyes Mercantiles Especiales
Son normativas específicas que regulan una parte concreta del derecho mercantil. Son dictadas principalmente por el Estado, especialmente a partir de la entrada de España en la Unión Europea.
2. Los Usos Mercantiles
El uso mercantil, también conocido como costumbre mercantil, es una fuente del derecho mercantil reconocida en el Artículo 2 del Código de Comercio. Se adapta muy bien a la realidad económica y a las necesidades de los empresarios. Sin embargo, presenta el inconveniente de no estar escrita, lo que dificulta su prueba, tal como se desprende del Artículo 1.3 del Código Civil.
3. Las Condiciones Generales de la Contratación
Son una manifestación de la contratación mercantil, lo que implica su uso en contratos de esta naturaleza. Su formalización se realiza mediante formularios. Son predispuestas por una de las partes y se incorporan a una pluralidad de contratos, sin que sus cláusulas sean negociadas individualmente.
4. Jurisdicción Mercantil y Arbitraje
Jurisdicción Mercantil (Tribunales Mercantiles)
Estos tribunales fueron creados con la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Se denominan Tribunales de lo Mercantil y son los encargados de resolver litigios en el ámbito mercantil.
Arbitraje
Es un procedimiento para la resolución de conflictos. Constituye un medio jurídico de arreglo de controversias, basado en la voluntad de las partes, quienes eligen someterse a este proceso de forma voluntaria para poner fin a las diferencias existentes entre ellas, a través de una solución denominada “laudo arbitral”.