Fuero Sindical en Venezuela: Protección y Beneficios para Trabajadores

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Protección Estatal del Fuero Sindical en Venezuela

La protección especial del Estado consagrada en virtud del fuero sindical se otorga para garantizar la defensa del interés colectivo y la autonomía en el ejercicio de las funciones sindicales.

Beneficiarios del Fuero Sindical

Artículo 419 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT)

Gozarán de fuero sindical:

  1. Trabajadores solicitantes del registro de una organización sindical desde el momento de la solicitud, hasta quince días después de registrada la misma o de haberse negado su registro.
  2. Trabajadores que se adhieran a la solicitud de registro de una organización sindical desde su adhesión, hasta quince días después de registrada la misma, o de haberse negado su registro.
  3. Primeros 7 integrantes de la junta directiva en entidades de trabajo con menos de 150 trabajadores, desde el momento de su elección hasta 3 meses después del cese de sus funciones.
  4. Primeros 9 integrantes de la junta directiva en entidades de trabajo con 150 a 1000 trabajadores, desde el momento de su elección hasta tres meses después del cese de sus funciones.
  5. Primeros 12 integrantes de la junta directiva en entidades de trabajo con más de 1000 trabajadores, desde el momento de su elección hasta tres meses después del cese de sus funciones.
  6. Primeros 5 integrantes de la junta directiva de la seccional de un sindicato nacional, desde el momento de su elección hasta tres meses después del cese de sus funciones.
  7. Trabajadores de una organización sindical que realice elecciones sindicales, desde el momento de la convocatoria hasta la proclamación de la junta directiva.
  8. Trabajadores postulados a una elección sindical, hasta 60 días después de proclamada la junta directiva.
  9. Trabajadores durante la tramitación y negociación de una convención colectiva o pliego de peticiones, desde su presentación ante la Inspectoría del Trabajo hasta el término de su negociación o sometimiento a arbitraje.
  10. Trabajadores durante la tramitación y negociación de una reunión normativa laboral, hasta el término de su negociación.
  11. Trabajadores durante el ejercicio de una huelga, tramitada conforme a la ley.

Otros Casos de Fuero Sindical

a. Delegado de Prevención

El número de delegados depende del número de trabajadores en nómina.

b. Delegado de Buque

Elegido por los tripulantes según el artículo 265 de la LOTTT.

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