Funcionamiento del Cheque: Tipos, Requisitos y Marco Legal según la Ley 24.452
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Créditos y Depósitos Bancarios
Créditos: se realizan mediante depósitos por ventanilla o cajeros automáticos.
Definición de Cheque
Cheque: Es una orden de pago librada contra un banco en el cual el librador tiene depositados fondos a su orden en cuenta corriente, o cuenta con autorización para girar en descubierto o emitir cheques con fecha diferida.
Marco Legal: Ley 24.452
La Ley 24.452 regula la estructura y el funcionamiento de este instrumento, estableciendo:
- La forma técnica de un cheque y lo que debe contener cada unidad.
- A quiénes puede ser extendido.
- Las formas de transmisión.
- Las formalidades para realizar un endoso.
- Las formas de presentación del cheque y las modalidades de pago.
Requisitos del Cheque
Para su validez, el documento debe contar con:
- Lugar, fecha y emisión.
- Especificación de si es al portador o a favor de una determinada persona.
- Nombre del titular, domicilio y número de cuenta.
Partes del Cheque
- Talón de cobro: sirve para cobrar el cheque en la ventanilla del banco.
- Cuerpo: es la parte que se entrega al beneficiario, con o sin talón de cobro.
Personas que Intervienen
- El librador o firmante: es quien emite el cheque y ordena su pago.
- El banco: es la institución contra la cual se ha girado o librado el cheque y que debe pagarlo.
- El beneficiario: es la persona que recibe el cheque y puede cobrarlo.
- Endosante: es quien recibe el cheque y lo transfiere por medio del endoso.
Tipos de Cheques
- Común o tradicional.
- De pago diferido.
Cláusulas Especiales
Existen diversas cláusulas que se pueden agregar a los cheques para modificar su forma de cobro:
- Cheque cruzado: cheque cruzado diagonalmente en el anverso por dos líneas paralelas; el dinero deberá ser cobrado obligatoriamente a través de una entidad bancaria.
- Cheque para abono en cuenta: debe ser abonado directamente en la cuenta del portador.
- Cheque certificado o conformado: el librado exige al librador que lo certifique, haciendo constar que tiene en su poder fondos suficientes para cubrir el cheque. Se realiza con palabras como "acepto", "visto" o "bueno", escritas por el banco que emitió el cheque y firmadas por el librador.
- Cheque de caja o cheque de gerencia: es un cheque expedido por una institución de crédito.
- Cheque de viajero: son los expedidos por instituciones de crédito a su propio cargo y son pagaderos por otro de sus establecimientos.