Funcionamiento y Estructura de la OICP-INTERPOL

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Naturaleza y Misión de la OICP-INTERPOL

La OICP-INTERPOL es un sujeto de Derecho Internacional, de carácter intergubernamental, cuya misión fundamental consiste en un trabajo coordinado de las policías de todos los Estados miembros, que actúan a la vez como proveedores y solicitantes de información de servicios. No es una policía internacional, sino una organización con la que se pretende una cooperación policial internacional.

Objetivos de la Organización

El objetivo de la INTERPOL es prevenir y combatir la delincuencia, a través de una mayor cooperación policial internacional, facilitando el intercambio de información aun cuando no existan relaciones diplomáticas entre determinados países. La INTERPOL actúa, además, dentro del marco de las legislaciones vigentes en los diversos Estados, y de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, siempre con neutralidad, prohibiendo toda actividad o intervención en cuestiones o asuntos de carácter político, militar, religioso o racial.

Tipos de Cooperación

Dentro de los objetivos de cooperación se pueden distinguir los siguientes tipos:

  • Cooperación policial internacional.
  • Cooperación jurídica internacional:
    • Extradiciones.
    • Comisiones Rogatorias (activas y pasivas).

Estructura y Organización

Hay dos vertientes distintas: la internacional, integrada por los órganos decisorios y representativos que constituyen el gobierno de la Organización (Asamblea, Comité Ejecutivo y Secretaría General); y la nacional, compuesta por las respectivas Oficinas Centrales Nacionales (OCN).

Nivel Estratégico

  • Asamblea General: Órgano supremo de decisión y representación de la Organización.
  • Comité Ejecutivo: Órgano deliberante de gobierno de la Organización, que aporta orientaciones y directrices, y supervisa la aplicación de las decisiones.

Nivel Ejecutivo

  • Secretaría General: Órgano ejecutivo de la Organización. Sus principales funciones son: aplicar las decisiones de la Asamblea General.
  • Oficinas Centrales Nacionales (OCN): Organismos presentes en cada país miembro que contribuyen a alcanzar los objetivos de la Organización, fomentando la cooperación permanente y activa de sus miembros. La OCN puede mantener contactos directos entre sí, pero deben informar a la Secretaría General de sus gestiones con objeto de que puedan cumplir sus funciones de centralización de información y de coordinación de la cooperación.

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