Funcionamiento y Estructura de la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)
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La Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)
La Sociedad de Responsabilidad Limitada es un tipo de sociedad de carácter capitalista, apropiado para empresas con pocos socios y que no necesita una cifra elevada de capital.
Características Generales
El número de socios para su constitución es de uno o más. Cuando están formadas por un solo socio, se llaman unipersonales; el socio puede ser una persona natural o jurídica. También puede suceder que la sociedad hubiese sido constituida por dos o más socios y que sus participaciones hubieran pasado a ser propiedad de uno solo.
La responsabilidad de los socios está limitada por el capital aportado; es decir, solo responden a las deudas por el capital invertido. El capital está dividido en participaciones; este capital puede ser metálico, bienes o derechos.
La razón social debe estar formada por el nombre seguido de Sociedad de Responsabilidad Limitada o las siglas SRL o SL. Esta sociedad tributa por el Impuesto sobre Sociedades.
Constitución
Al igual que todas las sociedades mercantiles, esta sociedad se ha de constituir en escritura pública, que deberá estar inscrita en el plazo de dos meses en el Registro Mercantil. Se deben incluir los estatutos de la sociedad.
Contenido Mínimo de los Estatutos
Estos estatutos deben contener, como mínimo, los siguientes puntos:
- La denominación de la sociedad.
- El objeto social, determinado por las actividades que lo integran.
- El domicilio social.
- El capital social, las participaciones en las que se divide, su valor nominal y su numeración correlativa.
- El modo o modos de organizar la administración, según los términos establecidos por la ley.
- Los demás pactos lícitos y condiciones especiales que los socios crean convenientes.
Órganos de la Sociedad: Gestión y Administración
La gestión y la administración se encargan al órgano social formado por la Junta General y los administradores.
Junta General
Los asuntos que trata la Junta General son:
- La censura de la gestión social.
- La aprobación de las cuentas anuales.
- La aplicación del resultado del ejercicio.
Administradores
Los administradores tienen que cumplir una serie de requisitos y condiciones:
- No podrán dedicarse por cuenta ajena al mismo género de comercio que constituya el objeto de la sociedad.
- Ejercerán el cargo durante el periodo de tiempo que señale la escritura social.
- Podrán ser destituidos en cualquier momento por la Junta General.
Para llevar a cabo estas cuentas, deberán seguir las normas de las sociedades anónimas, y no es necesario que tengan la condición de socios.