Funcionarios y Personal Laboral: Tipos, Acceso y Cese en la Administración Pública
Clasificado en Derecho
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Clasificación de los Empleados Públicos
Los recursos humanos con los que cuenta la Administración Pública, también denominados empleados públicos, se pueden agrupar en dos grandes bloques:
Personal Funcionario
Es el que está sometido al régimen estatutario, es decir, a normas de derecho público que delimitan sus derechos y obligaciones.
Personal Laboral
Es todo aquel trabajador al servicio de la Administración, contratado por esta con dicho carácter, de acuerdo con la legislación laboral y en las mismas condiciones que cualquier trabajador de la empresa privada.
Sistemas de Ingreso en la Función Pública
Para ingresar como funcionario en la Administración Pública existen, con carácter general, dos sistemas:
Funcionarios de Carrera
Según establece la ley, son funcionarios de carrera los que, en virtud de nombramiento legal, desempeñan servicios de carácter permanente, figuran en las correspondientes plantillas y perciben sueldo o asignaciones fijas con cargo a las consignaciones de personal de los Presupuestos Generales del Estado. El personal funcionario de carrera queda sometido al régimen jurídico constituido por su propio estatuto.
Funcionarios de Empleo
Pueden ser eventuales o interinos:
Personal Eventual
Es aquel que ejerce funciones de confianza o asesoramiento especial. Su nombramiento y cese son libres; cesan automáticamente cuando cesa la autoridad a la que prestan su función. Los funcionarios de empleo son nombrados por los ministros, secretarios de Estado, consejeros de las comunidades autónomas y presidentes de las corporaciones locales.
Funcionarios Interinos
Son los contratados para ocupar temporalmente un puesto vacante. La selección es rápida y objetiva, y es importante hacer constar la temporalidad en el servicio, ya que cesarán automáticamente una vez que la plaza sea ocupada por un funcionario de carrera.
Adquisición de la Condición de Funcionario
Se adquiere una vez superadas las pruebas de selección y, en su caso, los cursos de formación que sean procedentes, además del nombramiento por la autoridad competente, el juramento o promesa de cargo con lealtad al Rey y a la Constitución, y la toma de posesión dentro del plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento.
Pérdida de la Condición de Funcionario
Se pierde por diversas causas, generalmente relacionadas con la pérdida de alguno de los requisitos exigidos para ser admitido en las pruebas de selección, como son:
- Pérdida de la nacionalidad española
- Renuncia
- Jubilación
- Muerte
- Sanción disciplinaria
- Etc.