Las Funciones Clave de las Cortes Generales en España

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Funciones de las Cortes Generales

Función Legislativa

La función legislativa es la principal tarea de las Cortes Generales, encargada de la elaboración de leyes. Este proceso se divide en tres fases:

  • Fase Inductoria: Comienza con la iniciativa legislativa, que puede ser la presentación de proposiciones o proyectos de ley. Estas iniciativas se presentan ante la Mesa del Congreso, excepto las senatoriales, que se presentan ante la Mesa del Senado.
  • Fase Constitutiva: Incluye la tramitación parlamentaria hasta la aprobación de la proposición o proyecto de ley. Este proceso pasa primero por el Congreso y luego por el Senado, con una posible vuelta al Congreso. Se inicia con un periodo de 15 días para la presentación de enmiendas. La votación final concluye el paso por el Congreso.
  • Fase Terminal: Se asigna al Rey, quien debe sancionar, promulgar y ordenar la publicación de las leyes. El Rey está obligado a sancionar y no puede negarse.

Función de Control del Gobierno

En un sistema de gobierno parlamentario, la relación de confianza es fundamental. El Gobierno es responsable de su gestión política ante el Congreso de los Diputados.

El Gobierno está sometido al escrutinio tanto del Congreso como del Senado.

Los instrumentos generales de control se complementan con los esenciales que residen en el Congreso, como la investidura, la cuestión de confianza y la moción de censura (que debe ser constructiva e incluir un candidato alternativo).

Los promotores de la moción de censura deben ser al menos una décima parte de los miembros del Congreso.

Función Presupuestaria

El Artículo 134 de la Constitución Española asigna a las Cortes Generales la aprobación de la ley anual de presupuestos generales del Estado. Esta ley se debate en la cámara donde se aprueban los presupuestos y debe haber un control.

Función de Integración de Otros Órganos

Las Cortes Generales también se encargan de otros órganos del Estado y de seleccionar a los miembros de algunos de ellos. Esto incluye la relación con la Corona (en caso de vacante al trono), con el Gobierno (a través de la investidura) y con el Tribunal Constitucional (donde cada cámara elige a cuatro magistrados, y escogen a 20 de los 21 miembros del CGPJ).

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