Funciones Gubernamentales y Servicios Esenciales en Panamá
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Este documento detalla las diversas funciones y servicios que el Estado panameño, junto con otras entidades, provee a la población, abarcando desde las atribuciones gubernamentales hasta los servicios sociales y económicos.
Funciones del Órgano Ejecutivo
Son atribuciones de este órgano las contempladas en el artículo 183 de la legislación constitucional:
- Nombrar y separar libremente a los ministros de Estado.
- Coordinar la labor de la administración y los establecimientos públicos.
- Velar por la conservación del orden público.
- Adoptar las medidas necesarias para que la Asamblea Nacional se reúna el día señalado por la Constitución o el decreto mediante el cual haya sido convocada a sesiones extraordinarias.
- Presentar, el primer día de sus sesiones ordinarias, [se asume que falta el objeto de la presentación, como un informe o presupuesto].
- Objetar los proyectos de leyes por considerarlos inconvenientes o inexequibles.
- Invalidar las órdenes o disposiciones que dicte un ministro de Estado.
- Las demás que le correspondan de conformidad con la Constitución o la ley.
Funciones del Órgano Legislativo
La función legislativa es ejercida por medio de la Asamblea Nacional de Diputados y consiste en expedir las leyes necesarias para el cumplimiento de los fines y el ejercicio de las funciones del Estado.
Funciones del Órgano Judicial
El Órgano Judicial es el ente facultado para administrar justicia a nivel nacional, mediante los jueces, magistrados y la jurisdicción arbitral. Entre las funciones de este órgano del Estado tenemos:
- La guarda y observancia de la Constitución.
- La jurisdicción contencioso-administrativa respecto a los actos u omisiones, prestaciones o deficiencias de los servidores públicos.
Funciones Elementales o Primarias
Funciones Internas
Estas funciones no son deliberantes y sus miembros no podrán hacer manifestaciones o declaraciones políticas en forma individual o colectiva.
Funciones Externas
La Constitución Nacional, en su artículo 310, decreta:
La República de Panamá no tendrá ejército. Todo panameño deberá empuñar las armas para la defensa de nuestra independencia y probidad territorial.
En cuanto a los servicios de policía, el Estado los creará y organizará para la defensa de la vida, honra y bienes de los ciudadanos.
Servicios Sociales
Instituciones Benéficas No Lucrativas
En Panamá existen instituciones benéficas que sobresalen por su labor social:
- Nutre Hogar
- Aldeas Infantiles SOS
- Asilo de Ancianos
- Teletón 20-30
- Cruz Roja
Hospitales Públicos
El artículo 109 de la Constitución establece que es función esencial del Estado velar por la salud de la población de la República. Sobre la base de estas afirmaciones, el Estado panameño ha creado, en todo el país, hospitales, clínicas especializadas, centros de salud y unidades sanitarias públicas para brindar salud a la población panameña. Entre algunos hospitales destacados se encuentran:
- Hospital del Niño
- Matías Hernández
- Nicolás Solano
También se incluyen los Asilos.
Educación Gratuita: Básica General
La educación básica hasta el noveno grado es obligatoria y gratuita. Está compuesta de seis años en la fase intermedia y tres años en la premedia.
Centros de Recreo
El Estado promueve el esparcimiento a través de centros como:
- Estadio Rommel Fernández
- Gimnasio Roberto Durán
- Piscina Eileen Coparropa
- Entre otros.
Servicios Lucrativos
Servicios de Correos, Telégrafos y Lotería Nacional
Estos servicios son gestionados con fines lucrativos.
Servicios Educativos
La Constitución Nacional, en su artículo 94, garantiza la libertad de enseñanza y reconoce el derecho de crear centros docentes particulares, con sujeción a la ley.
Explotaciones Primarias, Industriales y Comerciales
El Estado también participa o regula diversas explotaciones económicas.