Funciones del Presidente de la Nación
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1. Funciones del Presidente de la Nación (agrupadas por tipo)
a. Jefe de Gobierno (administración general del país)
- Es el jefe supremo de la Nación, jefe del gobierno y responsable político de la administración general del país.
- Nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado y a los demás jueces de tribunales inferiores.
- Puede indultar o conmutar las penas por delitos sujetos a la jurisdicción federal.
- Concede jubilaciones, retiros, licencias y pensiones conforme a las leyes de la Nación.
- Nombra y remueve, por sí solo, al jefe de gabinete de ministros y a los demás ministros del despacho.
- Supervisa el ejercicio de la facultad del jefe de gabinete de ministros.
- Declara en estado de sitio uno o varios puntos de la Nación por un término limitado, con acuerdo del Senado.
- Puede pedir informes obligatorios al jefe de gabinete de ministros y a todos los departamentos de la administración.
- Decreta la intervención federal a una provincia en caso de receso del Congreso, y lo convoca para su tratamiento.
b. Jefe de Estado (representación del país ante demás Estados y organismos internacionales)
- Nombra y remueve a los embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de negocios con acuerdo del Senado.
- Firma tratados con organizaciones internacionales y naciones extranjeras, recibe sus ministros y admite sus cónsules.
c. Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas
- Es comandante en jefe de todas las Fuerzas Armadas de la Nación.
- Provee los empleos militares de la Nación, con acuerdo del Senado.
- Dispone de las Fuerzas Armadas, y corre con su organización y distribución según las necesidades de la Nación.
- Declara la guerra y ordena represalias con autorización y aprobación del Congreso.
d. Apertura anual de sesiones del Congreso Nacional
- Hace anualmente la apertura de las sesiones del Congreso.
- Prorroga las sesiones ordinarias del Congreso, o lo convoca a sesiones extraordinarias.
e. Participación en el formulado de leyes
- Expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación.
- Participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las promulga y hace publicar.
f. Emisión de decretos con fuerza de ley
- Dictar decretos en casos de excepción (salvo en materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos).