Funciones del Estado y Principios de la Constitución Española
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¿Quién tiene la potestad de establecer tributos? El Estado y las administraciones públicas, por ejemplo: IBI o tasas (recogidas de basura, al aparcar).
El Defensor del Pueblo, ¿qué funciones tiene? La finalidad es la protección y defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Controlar la actividad de las administraciones públicas con el fin de que actúen con efectividad hacia el ciudadano.
En la Constitución Española existe un apartado denominado Principios Rectores de la Política Social y Económica. ¿Cuáles son?
- Protección de la familia y de los hijos.
- Progreso social y económico.
- Formación continua de los trabajadores y derecho a la Seguridad Social.
- Derecho a la protección de la salud.
- Derecho al acceso a la cultura, a la promoción de la ciencia y de la investigación.
- Conservación del medio ambiente así como del patrimonio histórico, cultural y artístico.
- Derecho a una vivienda digna y adecuada.
- Participación de la juventud.
- Protección de la tercera edad así como de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos.
- Defensa de los consumidores.
- Regulación de las organizaciones profesionales.
¿Qué suponen estos principios para la actuación del Gobierno? El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos.
Define los siguientes conceptos:
Sanción: Acto formal por el que el jefe del Estado da su conformidad (se manifiesta materialmente mediante la firma) a una norma jurídica aprobada por los cauces establecidos.
Promulgación: Acto formal y solemne realizado por el jefe del Estado, a través del cual se atestigua la existencia de una norma jurídica, a la vez que se ordena cumplirla y hacerla cumplir, dándole a la misma fuerza ejecutiva y carácter imperativo.
Refrendo: Figura jurídica por la que el jefe del Estado realza válidamente sus actos cuando estos son firmados por el Presidente del Gobierno o el Presidente del Congreso de los Diputados (quienes asumen toda la responsabilidad del acto en sí).
Proyecto de Ley: Cuando la iniciativa legislativa la haya realizado el Gobierno.
Interpelación: La interpelación parlamentaria es considerada un instrumento de información y control del Poder Legislativo sobre las actividades del Gobierno. La interpelación es un procedimiento similar al de las “preguntas”, pero a diferencia de éstas, conlleva la posibilidad de alcanzar un debate general y, en algunos casos, faculta la votación de una moción que se pronuncia sobre la labor del Gobierno respecto del tema interpelado, motivando en algunos casos la censura de éste.
Moción: Mecanismo de control que se tiene sobre algo. Propuesta o petición que se hace en una junta o reunión de personas.
Moción de censura: Propuesta que el conjunto de los partidos políticos de la oposición presenta contra el equipo de Gobierno: si se aprueba la moción de censura, el Gobierno tendrá que dimitir.